La prescripcion de los delitos

En razón de un principio constitucional de garantía de los derechos en el Ecuador nadie podrá ser discriminado, entre otros múltiples señalamientos, en razón de su pasado judicial. Se supone, además, que el ciudadano que ha purgado la pena debida a su falta o delito, ya ha cubierto sus deudas con la sociedad.

Sin duda, los derechos son sagrados y se los protege con una visión ampliamente garantista lo cual, de manera general, es mirado con beneplácito.

Sin embargo, para cierto tipo de delitos, los que afectan a la dignidad de los niños por ejemplo, en una reciente consulta popular se aprobó, con amplio margen a favor, la imprescriptibilidad de los delitos sexuales.

También en dicha consulta e igualmente con amplio margen a favor, se aprobó y, conviene recordarlo, la pérdida de los derechos civiles, la muerte civil, a los condenados por actos de corrupción, quienes además estarán sometidos a la pérdida de los bienes mal habidos. No se estableció que dichos delitos sean imprescriptibles, aludiendo que así hacerlo podría dar lugar a que en razón de sentencias especialmente dirigidas a inhabilitar políticamente a determinados ciudadanos, estos queden separados de la participación política de por vida.

No obstante, conviene acotar que la situación contraria es repudiable: observar cómo participan ampliamente en la vida política nacional ciudadanos que habiendo sido incriminados en actos de corrupción, ahora lo hacen porque la acción penal, o su pena, prescribieron en razón del paso del tiempo, pese a la certeza social de que no eran inocentes.

Más allá de la vindicta pública, que los mantiene en su memoria como sospechosos de actos de corrupción, a los acusados por dichos actos, no debidamente esclarecidos, que merecieron sentencia que no pudo ser ejecutada porque el inculpado huyó del país o porque las maniobras dilatorias dieron paso a la prescripción, sería saludable que se les limite la participación en la vida pública.

Son muchos los ciudadanos que hoy disfrutan del pleno goce de los derechos ciudadanos solo porque las faltas o delitos de los que fueron en su momento acusados, prescribieron en razón del tiempo transcurrido. Es sano para la convivencia democrática que quienes actúan a su amparo, mantengan un pasado limpio sustentado en su ejemplaridad pública.