Politica, diezmos, pensiones vitalicias

El Ecuador cierra el año con pocas acciones que merezcan destacarse. La actividad política mantiene recurrentes vicios que la han degradado al extremo de que personas decentes y honestas evitan intervenir en ella para no enlodar su nombre por el canibalismo existente en la disputa por alcanzar alguna cuota de poder. Es lamentable que una actividad que debiera ennoblecer a la persona, que requiere mística de servicio a los demás, que conceptualmente es una ciencia y al mismo tiempo un arte, que demanda amplios y diversos conocimientos, se haya convertido en una actividad con alto nivel de desprestigio.

En los últimos días el país ha conocido que en un torcido y punible ejercicio de acciones políticas se ha regresado a una etapa superada hace más de 200 años, cuando el poder eclesiástico tenía establecido la entrega de diezmos equivalentes a la décima parte de la producción agrícola en beneficio de la dirigencia clerical, a lo cual se añadían las primicias, la primera parte de la cosecha que se entregaba a los beneficiarios de los llamados “diezmos y primicias”.

La Iglesia católica ha superado esa época en la que se beneficiaba del trabajo ajeno. En Ecuador los años recientes se puso de moda conseguir un cargo público a cambio del pago de una parte de la remuneración, con el agravante de que en este caso se está cometiendo el delito de concusión, al exigir entregar un porcentaje de un salario pagado con recursos públicos, dineros que deben ser resarcidos a los aportantes, sin perjuicio de la sanción penal a los autores de esta reprochable infracción.

Por otra parte, con alguna sorpresa se han conocido distorsiones en el pago de pensiones vitalicias a los expresidentes y exvicepresidentes de la República, lo cual debe ser racionalizado. Estoy de acuerdo con el pago, pero debe ser proporcional al tiempo que la autoridad ejerció el cargo y no beneficiar a sancionados por infracciones penales ni a herederos del gobernante; lo vitalicio implica que la pensión termina con la vida del beneficiario. Sus herederos tendrían derecho a la pensión de montepío del seguro social.