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Pablo Romero seguirá preso en el CDP de la capital

La Corte rechazó el pedido de caducidad de la prisión. El exjefe de la Senain recibió nueve años por el plagio de Balda

Audiencia
Defensa. Eduardo León y Carlos Alvear, previo a su ingreso a la Corte.René Fraga

El tribunal de la Corte Nacional de Justicia presidido por la jueza Mercedes Caicedo no dio paso al pedido de caducidad de la prisión de Pablo Romero, sentenciado a nueve años por el plagio (secuestro) del activista Fernando Balda.

Se estableció que desde la detención hasta que se dictó la sentencia, pasaron 194 días y no los 600 días que aseguró Juan Carlos Perea C., defensor de Romero.

Previo a instalar la audiencia para resolver la apelación de la condena prevista para las 09:00, la Corte conoció el pedido ingresado la tarde del lunes por la defensa de Romero, exsecretario de la Senain.

La defensa del exsecretario de Inteligencia buscó obtener su libertad a través de la declaratoria de caducidad. Perea dijo que la sentencia en contra de su cliente no está ejecutoriada. Citó antecedentes jurisprudenciales de la Corte Constitucional que resolvió casos similares al de su cliente.

A cambio sugirió que a Romero se le dicten medidas alternativas como el dispositivo electrónico, la prohibición de salida del país o la presentación periódica ante la autoridad.

El fiscal general subrogante Wilson Toainga se opuso. Aclaró que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) dice que el plazo al que se refirió el defensor se contará desde la detención pero que, dictada la sentencia, de los mismos se interrumpen.

Precisó que la situación jurídica con sentencia se resolvió dentro del plazo contemplado por la ley y no ha operado la caducidad como argumentó Perea. Recordó además que en el mismo caso ya presentaron un recurso de habeas corpus por la misma razón que ya fue negado por otro tribunal. Pidió que se rechace el pedido por improcedente.

Eduardo León es uno de los abogados de Fernando Balda, la víctima del delito. Dijo que las sentencias deben leerse en el contexto y de manera completa y no solo un párrafo pues el documento se refiere a un error de la sala laboral de la Corte.

La caducidad ocurrió debido a un error en el cálculo de los plazos en un caso de habeas corpus registrado en Esmeraldas. Indicó que en ese caso cuando se negó el recurso no se había dictado aún la sentencia. Pidió se rechace el incidente procesal por improcedente.

Luego de la deliberación y la comprobación de los plazos desde la detención hasta la condena, los jueces concluyeron que no cabe la solicitud.

toainga

Dos jueces de la Corte ratifican la inocencia del exsecretario de exSenain Pablo Romero en el caso Caminito

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Como siguiente paso la jueza Caicedo instaló la audiencia de apelación. En ella, Juan Carlos Perea, defensor de Romero, pidió que se ratifique el estado de inocencia de su defendido. Habló de dos supuestos errores: de interpretación jurídica de la norma y en la valoración de la prueba. Al momento la diligencia continúa en la Corte.

Habló de la prescripción del caso porque al haberse registrado en Bogotá, Colombia, en agosto de 2012, solo podía formularse cargos hasta 2017 ese hecho se dio en 2018.

Afirmó que no hay pruebas para demostrar que Romero conocía lo que estaba haciendo los exagentes Raúl Chicaiza y Diana Falcón (condenados por el secuestro de Balda). Según él, solo hay indicios aislados.

El fiscal Toainga recordó que hay testimonios que demostraron en el juicio que hubo agresión física, ofensa a la integridad, entre otras cosas. Apuntó al rechazo de la solicitud.

Felipe Rodríguez, defensor de Balda, indicó que las funciones de Chicaiza y Falcón bajo el mando de Romero era hacer seguimiento de opositores. La audiencia se suspendió para analizar las exposiciones y anunció que se fijará una fecha para anunciar la resolución.

La cifra

9 años de cárcel recibió Pablo Romero como autor mediato del plagio de Balda.

El detalle

Inocente. Pablo Romero también fue investigado por posible peculado en el caso Caminito pero la Corte Nacional ratificó su estado de inocencia.