
¿Qué mecanismos tiene el correísmo para defenderse ante las denuncias en el TCE?
Varias figuras del correísmo enfrentar procesos ante el Tribunal Contencioso Electoral por presuntas infracciones
Incluso antes de las elecciones de 2025, el correísmo mantiene un frente abierto en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), donde varias de sus figuras han enfrentado o enfrentan procesos por supuestas infracciones electorales.
El caso más reciente es la denuncia presentada en contra del binomio presidencial de la Revolución Ciudadana, Luisa González y Diego Borja, por la supuesta infracción electoral de realizar campaña anticipada en los comicios.
Sin embargo, asambleístas en funciones y electos del correísmo también han sido señalados ante el Contencioso Electoral por presuntas infracciones. De hecho, en algunos casos incluso han llegado a ser sancionados, aunque otros se les ha ratificado su inocencia.

Las opciones del correísmo son limitadas
Aunque el correísmo ha sido objeto de varias denuncias electorales, el jurista Daniel González sostiene que no disponen de muchas opciones. De hecho, señala que el único camino a seguir es el propio marcado por el Contencioso Electoral.
"El reglamento de trámites es el que establece todos los parámetros que tienen que observarse dentro del trámite judicial. El cómo deben ser las denuncias, el cómo deben defenderse, a quién le corresponde probar, la audiencia, la sentencia, la primera y segunda instancia", comenta.
Dicho reglamento, disponible en el sitio web institucional del TCE, consta de 226 artículos y, entre otros temas, establece los medios de impugnación, los requisitos comunes, citaciones y notificaciones, los plazos y términos y las actuaciones jurisdiccionales.

¿El correísmo podría acudir a una acción de protección?
Aunque las acciones de protección suelen ser una de las primeras opciones de las personas que sienten que sus derechos han sido vulnerados, González sostiene que esa lógica es diferente cuando se traba de causas contencioso electorales.
"Sobre las sentencias del Tribunal Contencioso Electoral no caben acciones de protección. Mucho menos si son del proceso electoral", comenta y recuerda que el TCE es el juez naturas de este tipo de procesos judiciales especializados.
No obstante, señala que si, por ejemplo, se trata de una decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) que no sea sobre un proceso electoral, ahí sí se podría acudir a un juez constitucional. Pese a ello, insiste en que el TCE es el juez natural en esa materia.
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