Hay que respetar la ley...

En la Corte Constitucional se presentó una petición suscrita por un grupo de jóvenes para que este alto organismo les autorice recoger firmas con el objeto que se produzca una reforma en relación con la última enmienda introducida en la Carta Política que impide la reelección del presidente de la República, en las elecciones del año 2017. Esta solicitud presentada ante la Corte Constitucional, como es lógico suponer, ha sido comentada desde distintos puntos de vista, lo cual es normal por tratarse de un asunto de transcendencia nacional. Siempre hemos creído que los problemas nacionales deben ser tratados con transparencia permitiendo la discusión pública que es la única manera en que la ciudadanía puede formarse un concepto cabal del problema. El artículo 7 de la Ley Orgánica Electoral vigente dice: “se prohíbe realizar reformas legales en materia electoral que entren en vigencia durante el año anterior a la celebración de las elecciones que va a normar”. Esta disposición legal es sumamente clara, y entendemos que no admite mayor discusión por lo que, en el caso supuesto que la Corte Constitucional aceptara la petición, significaría una evidente violación del artículo transcrito. Lo jurídico debería ser que se reforme ese artículo; pero la misma disposición legal ordena que no cabe ninguna reforma legal, en materia de elecciones, durante el año anterior a las elecciones. Y lo que sucede en este momento es que estamos dentro del año previo a la realización de las elecciones presidenciales y de asambleístas, motivo por el cual jurídicamente es improcedente e inaceptable la petición de los jóvenes ante la Corte Constitucional. Por lo tanto no interesa conocer cuáles podrían ser los motivos claros u oscuros para que los jóvenes hayan presentado su petición ante la Corte Constitucional. Lo que preocupa a la ciudadanía consiente del país es que haya seguridad jurídica en todos los actos de los entes públicos, ya que bien se ha dicho y con razón que un país para que tenga prestigio dentro y fuera de sus fronteras demanda de la vigencia plena de la juridicidad.

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