
El gobierno de Daniel Noboa inventa una figura para esquivar ser observado
Análisis| Ahora será el Ejecutivo quien pida rendir cuentas al Ejecutivo, con Responsables Institucionales de Cumplimiento
Responsables Institucionales de Cumplimiento (RIC): son los nuevos funcionarios del Ejecutivo con la misión de, supuestamente, prevenir la corrupción. La Secretaría General de Integridad Pública que preside José Julio Neira acaba de anunciar su “implementación” (lo que sea que eso signifique) en 35 organismos: la Presidencia de la República, los sectores energético y minero, las entidades financieras, las telecomunicaciones y otras instituciones estratégicas y de contratación pública… “Esta medida -dice el comunicado oficial respectivo- constituye un hito en la transformación de la gestión pública y en la consolidación de un modelo de Estado íntegro, transparente y honesto”. Pero… ¿cuáles son sus reglas? ¿A quién rinden cuentas? ¿Están libres de manipulaciones políticas?
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La idea del gobierno es la siguiente: cada autoridad institucional, en cada uno de estos 35 organismos, deberá nombrar un funcionario especializado “que vele por el cumplimiento normativo, la mitigación de la corrupción y la promoción de buenas prácticas éticas”. Una especie de contralor interno que detecte incumplimientos normativos y riesgos de corrupción.
Los responsables Institucionales de Cumplimiento (RIC: las propias siglas dan cuenta de su origen tecnocrático) son una figura de la nueva gobernanza cuyo precedente inmediato son los oficiales de cumplimiento (Compliance Officers) del sector financiero internacional.
Diferencias de los responsables en Ecuador y otros países
Países como Perú, Chile o Colombia los han integrado en sus esquemas de administración pública. El sistema, ahí donde ha sido adoptado, tiene un componente clave: su vinculación con los organismos de control independientes del gobierno central: Contraloría, Fiscalía, superintendencias…
Y es ahí donde empieza a flaquear la propuesta del gobierno: los responsables institucionales de cumplimiento de José Julio Neira, según lo que ha sido anunciado hasta el momento, reportarán “directamente no a Contraloría o Fiscalía sino a la máxima autoridad de su entidad”.
De su propia entidad. De ahí, la información se derivará a la propia Secretaría de Integridad Pública. En otras palabras: la información sobre la corrupción del Ejecutivo quedará, para todos los efectos, en manos del Ejecutivo.
El comunicado oficial habla de una “Norma Técnica” que determinará todos estos pasos. Esa norma técnica fijará también los requisitos para ser nombrado como responsable institucional de cumplimiento (RIC), las funciones específicas que involucra ese nombramiento y los mecanismos de evaluación del cargo.
Sin embargo, esa “norma técnica” (que más que técnica debería ser, por todas sus implicaciones, política) no ha sido publicada.
¿Corregir prácticas cuestionables de la administración pública?
“Responsables institucionales de cumplimiento”: esta figura consagra una idea perversa para la democracia. Un funcionario del poder Ejecutivo, nombrado por las propias entidades que deben ser controladas, asume la responsabilidad administrativa de corregir las incorrecciones éticas que se produzcan en la administración pública. Al mismo tiempo, el oficialismo se encarga de minar el concepto de responsabilidad política en la Asamblea, convertida en una extensión de la Presidencia de la República.
Ejemplo: mientras el gobierno bloquea la fiscalización de los sospechosos contratos del sector eléctrico con Progen, decide nombrar “responsables institucionales de cumplimiento” en los organismos del sector eléctrico detectar posibles comportamientos antiéticos en los contratos públicos.
¿A quién rinden cuentas esos responsables institucionales de cumplimiento? A las mismas autoridades del sector eléctrico que están involucrados en la sospechosa contratación con Progen. La nueva figura sustituye a la fiscalización.
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