Jueces. El conjuez Alejandro Arteaga (i), el juez ponente Luis Enríquez y el juez Jorge Blum integraron el tribunal que conoció la apelación a la prisión preventiva del vicepresidente Jorge Glas.

Glas tendra que continuar en la carcel 4

Ayer su defensa, liderada por Eduardo Franco Loor, no convenció al tribunal de la Corte Nacional que declaró improcedente la apelación a la prisión dictada por Miguel Jurado, el pasado 2 de octubre.

Un nuevo revés legal para el vicepresidente sin funciones Jorge Glas, detenido en la cárcel 4 del norte de Quito. Ayer su defensa, liderada por Eduardo Franco Loor, no convenció al tribunal de la Corte Nacional que declaró improcedente la apelación a la prisión dictada por Miguel Jurado, el pasado 2 de octubre.

Glas es procesado junto con su tío Ricardo Rivera y otras 16 personas por el presunto delito de asociación ilícita en la trama de sobornos de Odebrecht denunciada el 21 de diciembre de 2016 por el Departamento de Justicia de Estados Unidos.

La negativa de la apelación se produjo en la audiencia dirigida por el juez ponente Luis Enríquez. Integraron también el tribunal el juez Jorge Blum Carcelén y el conjuez Alejandro Arteaga, en reemplazo de la jueza Gladys Terán.

En poco más de media hora Franco Loor hizo referencia a una sentencia de la Corte Constitucional que reconoció que fue dictada en 2012, antes de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y citó casos de otros países, resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Recordó ‘el riesgo de fuga’ mencionado por el fiscal Carlos Baca como uno de los elementos para pedir la prisión de Glas el 29 de agosto, durante la vinculación. “¿Es adivino?”, se preguntó Franco.

El juez Enríquez resumió en dos argumentos la intervención del abogado: la audiencia en la que se dictó la prisión debía ser declarada nula por estar fuera del plazo de la instrucción, y es injusta y arbitraria.

Y sobre esos respondió el fiscal Baca. Cuestionó al abogado Franco por tratar de inducir a los jueces a la confusión.

Precisó que la audiencia en la que se dictó la prisión fue un acto jurisdiccional y no una diligencia investigativa que, según el COIP, debe efectuarse dentro de la instrucción.

“Usando el mismo argumento esta audiencia también es nula porque está fuera de los 120 días de plazo”, destacó.

También recordó el fiscal que el delito de asociación ilícita no se puede juzgar en ausencia y ratificó que se pretende confundir un momento procesal con otro: el pedido de prohibición de salida del país durante la vinculación de Glas y la revisión de medida del 2 de octubre.

Los jueces acogieron los argumentos del fiscal y confirmaron que la audiencia para cambiar la medida del vicepresidente se hizo dentro de la instrucción y la disposición del juez también.

El juez Enríquez resaltó que la prisión preventiva no es de exclusiva aplicación de la instrucción fiscal, sino que también se da durante la audiencia preparatoria de juicio.

Ni injusta ni arbitraria. El tribunal confirmó la legalidad de la orden de cárcel con la aclaración de que en un momento procesal el fiscal solicitó la prohibición de salida del país.

Luego, en otro momento y con otros argumentos como los testimonios anticipados del delator de Odebrecht, el testigo protegido y tres procesados, además de la asistencia de EE. UU., pidió la prisión. Por lo tanto no hay ilicitud en esa actuación.

Concluida la audiencia el fiscal Baca ratificó que la Corte ha aceptado los argumentos de la Fiscalía y ha mantenido la prisión para que se lleve a cabo y continúe el proceso. Añadió que cuando se instale la audiencia preparatoria de juicio se tendrá también la oportunidad de presentar todos los elementos de cargo y descargo.

César Montúfar, dirigente de Concertación y acusador particular del caso, calificó como correcta la decisión del tribunal. “Había la posibilidad de que en caso de que se le levantara la prisión, él (Glas) podía enseguida asilarse en una embajada”, señaló. La consecuencia de eso habría sido la impunidad, reiteró.

En cambio, Franco afirmó que el tribunal no hizo una motivación en derecho. “Más parecía una proclama de orden político que una exigencia de justicia”, manifestó.

A diferencia de las otras audiencias a las que ha sido convocado el vicepresidente, ayer no hubo simpatizantes que proclamaran su inocencia afuera de la Corte. Solo hubo vallas de color gris del Ministerio del Interior para cercar los accesos a la Corte Nacional. Entre los asistentes a la diligencia estuvo la asambleísta de CREO Mae Montaño.

El detalle

Suspenden audiencia del lunes. La defensa de Glas presentó ayer una recusación en contra del juez Miguel Jurado y una denuncia por error inexcusable. También pidió habeas corpus.