Actualidad

La extinción del dominio de bienes malhabidos deberá ser por sentencia penal

El proyecto que tramita la Asamblea persigue los activos de la corrupción para que sean entregados al Estado. Se requerirán jueces y fiscales especializados, según la propuesta

Comisión de Participación Ciudadana
Comisión de Participación Ciudadana tramita el proyecto de Ley de Extinción de Dominio y prepara el informe para primer debateCortesía

La Comisión de Participación Ciudadana y Control Social avanza en el tratamiento del proyecto de Ley Orgánica de Recuperación de Bienes de Origen y Destino Ilícito e Injustificado o Ley de Extinción de Dominio, presentado por el asambleísta independiente, Fabricio Villamar, que recoge la iniciativa del Ejecutivo, que en su momento, fuera anunciada por el exsecretario Anticorrupción, Iván Granda.

Extinción de Dominio

La ley de extinción de dominio se queda huérfana

Leer más

El proyecto tiene como objetivo regular el procedimiento de extinción de dominio a favor del Estado sobre los bienes de origen o destino ilícito o injustificado y estará regida por los siguientes principios: nulidad ab initio, cosa juzgada, retrospectividad, imprescriptibilidad, contradicción, objetividad, transparencia y presunción de buena fe.

Además, establece que la Fiscalía General del Estado será competente para realizar la investigación patrimonial sobre extinción de dominio, de oficio o por disposición judicial. “La Fiscalía General del Estado, directamente o a través de los agentes fiscales designados, mediante la conformación de unidades judiciales especiales actuarán como parte procesal especializadas en la etapa judicial de la extinción de dominio, competentes en todo el territorio nacional”, señala el proyecto.

Villamar sostuvo que con la ley, de ser aprobada, se podrá tomar dominio, posesión y administrar los bienes localizados en Ecuador y, sobre todo, los que se encuentren en territorio extranjero, lo que se logrará mediante cooperación internacional. “Es una herramienta de combate real a la corrupción y el crimen organizado”, aseguró Villamar en su momento.

Explicó que el origen injustificado o destino ilícito de los bienes deberá estar relacionado directa o indirectamente con los siguientes tipos penales: delitos contra la eficiencia de la administración pública y contra desarrollo, a los delitos relacionados a la producción o tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización; delitos económicos, delitos contra la responsabilidad ciudadana, y terrorismo y su financiación.

Precisó que para su aplicación se debe implementar un sistema judicial con jueces y fiscales especializados.

Así mismo, la normativa aclara que la aplicación de la declaración de titularidad a favor del Estado se dará por sentencia judicial sobre los bienes, independientemente de quién los tenga o los haya adquirido y que se demuestre que tienen origen ilícito.

EL PRESIDENTE EN LA ASAMBLEA

Coronavirus: Lenín Moreno presenta proyecto que sanciona la corrupción en compras públicas

Leer más

El proyecto establece que la extinción de dominio es imprescriptible, autónoma e independiente de la acción penal y de toda declaratoria de responsabilidad.

“La mejor forma de extinguir el dominio de un bien es agilitar, apurar la ejecución de las sentencias condenatorias, rápidas, diligentes”, señaló el asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), Henry Cucalón, quien recogió el criterio que dejaron algunos representantes de la Fiscalía cuando se habló del tema.

En tanto que el subcoordinador del BADI, Eliseo Azuero, sugirió armonizar la legislación con la actuación de los jueces anticorrupción que se propone en la reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), de modo que no puedan dilatar los tiempos y para ello planea fijar tiempos máximos y mínimos para la investigación.

“Como está redactado el proyecto de ley de Extinción de Dominio ahora, deja temas a la reglamentación, lo que puede ser una debilidad y quedar en letra muerta. La gente tiene hambre de recuperar lo robado”, acotó la legisladora independiente Mae Montaño.

“Necesitamos esta ley para que el Estado recupere el perjuicio económico que ocasionó la corrupción, el crimen organizado y el lavado de activos”, sostuvo el presidente de la Comisión, Raúl Tello, quien recordó que se han recibido aportes de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), la Fiscalía General del Estado y expertos académicos, con el objetivo de tener mejores elementos de juicio para elaborar el informe para primer debate.