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Coimar a jueces o fiscales elude la sanción legal

Expertos proponen sistemas automáticos de procesos. Judicatura está limitada por la ley

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La Judicatura señala que no tiene un detalle específico de las destituciones por corrupción o coimas.ARCHIVO

Clemente Vite es un padre de familia que desde el 5 de octubre acude a la Penitenciaría del Litoral para conocer si su hijo está vivo o muerto; anda “desesperado” porque las autoridades no proporcionan datos. Su familiar fue acusado por robo, pero no podía solventar varios gastos a la vez para que salga en libertad.

“Soy comerciante informal, no puedo a veces completar los $200 para tenerlo con vida con algo de comida, ahora imagínese conseguir $10.000 para darle a los jueces de aquí y en Quito, sin contar los gastos del abogado. ¿De qué sirvieron los pagos allá adentro para que supuestamente lo protejan? si ahora no sé si está vivo o muerto”, lamenta entre sollozos.

El detalleA pesar de que las boletas de excarcelación son emitidas electrónicamente, es un paso del tortuoso camino a la libertad.
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El artículo 109 de la Ley de Función Judicial establece faltas graves y gravísimas para la destitución de funcionarios, que van desde la revelación de datos en procesos investigativos hasta el sorteo irregular de causas, pero en ninguno de los literales se sanciona expresamente por coimas o retrasos injustificados en los procesos legales.

El Consejo de la Judicatura señala que tiene un detalle específico de las destituciones pero no por corrupción o coimas.

Julio César Cueva, experto penalista, señala que no son necesarias reformas o más leyes para controlar las irregularidades porque se aplicará el dicho “hecha la ley, hecha la trampa. No importa la regla que pongan, porque la Corte Constitucional dice algo y hacen lo que se les da la gana”. Plantea sistemas automatizados que permitan alertar con anticipación el cumplimiento de procesos.

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“Debe haber un sistema que genere alarmas de qué jueces están en mora de emitir boletas o de dar libertades; que diga, faltan 30 días para que ‘fulano’, ‘sultano’ y ‘mengano’, estén en capacidad de pedir prelibertad; un software que entre la Judicatura y el SNAI señale a los jueces y las causas que no ha despachado y las que sí. Como un estado de cuenta y eso será eficiente para las evaluaciones y suspenderlo si no cumple. Pero qué podemos esperar si no hay ni para imprimir”.

Joan Paúl Egred, también experto penalista, coincide con el proyecto tecnológico y agrega que los oficios, informes y evaluaciones requeridas por la ley también se incluyan en el sistema para que estén listos y sean electrónicos al igual que las boletas de excarcelación para que no sea necesaria una audiencia exclusiva para que un juez conozca de la medida.

“Hay que considerar que las personas privadas de libertad, cumpliendo una pena específica, están en una situación de vulnerabilidad para el adecuado ejercicio de sus derechos. Porque en su mayoría no tiene las facilidades económicas y tecnológicas y así su salida de la cárcel sea inmediata”.

RECOMENDACIONES

  • Informe

De acuerdo al Consejo de la Judicatura, en 2021 se emitieron 12.605 boletas de excarcelación. Y hasta la mitad de año del 2022 se dieron 6.346 documentos.

  • Documento

La extinta comisión de pacificación recomendó en su informe que el Estado debe “detener el intercambio de información sobre delitos y privilegios entre reos y autoridades”.

  • Censo

El Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de Libertad (SNAI) promete que el censo penitenciario permitirá conocer la realidad legal de los presos y disminuir la sobrepoblación