Chavismo del SSXXI y su herencia

Los sueños del chavismo nos heredaron la Constitución del 2008 y sus búsquedas de eternización en el ejercicio del poder, en ámbito continental. Con algunos caramelos imaginativos endulzaron el anhelo de la participación popular y produjeron el engendro denominado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Lo del control se lo tomaron al pie de la letra pero, no como pudiera entenderse: la sociedad controlando el poder. Fue, por el contrario, un mecanismo de control de la sociedad, complementado con decretos tales como el tristemente célebre 16, que el actual gobierno acertó en derogar. Igual pasó con la promesa de la participación bajo control estatal. Los miembros del Cpccs se convirtieron en el dócil instrumento de un Ejecutivo que sabiéndose corrupto tenía que garantizarse impunidad eligiendo las autoridades de control según su conveniencia y, hasta donde ha podido verse, también a conveniencia de algunas de las autoridades designadas en concurso bajo sospecha, tal cual el caso del contralor de cien puntos y más.

Cabe al respecto, insistir en la necesidad de librarnos de la Constitución de Montecristi porque en ella se sustenta mucha de la institucionalidad que sofoca la lucha contra la corrupción y la impunidad. Y en el pasado inmediato fue el instrumento para violar los derechos humanos y otras formas de abuso del poder.

Ahora, cuando se propone salir de ella, determinados alcahuetes jurídicos, usufructuarios de las trafasías del régimen dictatorial del que fueron servidores y beneficiarios, rábulas que han aprendido algunos aforismos y los mal aplican, sostienen que como en derecho las cosas se deshacen como se hacen, la única forma de superar el mamotreto del 2008 es una Asamblea Constituyente. Sostengo que muchos juristas creen que no siempre el mencionado principio es aplicable y, en la práctica, así ha sucedido en el Ecuador contemporáneo.

En todo caso, no me compete discutir sobre los cómo. El derecho constitucional es sumamente elástico. Quienes pueden opinar sobre el tema aquí planteado son los integrantes de la Corte Constitucional.