El candado legal está abierto

El candado legal esta abierto

La prohibición de realizar reformas legales en materia electoral durante el año anterior a las elecciones no rige para los cambios constitucionales.

La prohibición de realizar reformas legales en materia electoral durante el año anterior a las elecciones no rige para los cambios constitucionales. Esto, en otras palabras, quiere decir que las autoridades locales que ya hicieron uso de su única reelección, como establecía la Constitución antes de la reforma de 2015, no podrán candidatizarse en las elecciones seccionales de 2019 en el caso de que gane el sí en la pregunta para eliminar la reelección indefinida.

La frase que hace de llave para abrir el candado es “reformas legales”. El exvicepresidente del Consejo Nacional Electoral, Fausto Camacho, explica que el artículo 117 de la Constitución habla de una prohibición de cambios legales, más no constitucionales. “El término que usa el artículo es reformas legales. La consulta es para una enmienda constitucional. La enmienda tiene una condición de mucho mayor jerarquía que es distinta a la reforma legal”. A esto, Camacho le suma el peso de la enmienda cuando es aprobada por el soberano, es decir, el pueblo.

El alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot; el prefecto de Pichincha, Gustavo Baroja; el prefecto de Guayas, Jimmy Jairala, entre otras autoridades, no podrían acceder a otra reelección en el caso de aprobarse la enmienda en las urnas.

El presidente Lenín Moreno, como vaticinando un triunfo del sí en esa pregunta, agradeció el desprendimiento de esas y otras autoridades que apoyan cada una de las siete preguntas de la consulta en desmedro de sus aspiraciones, para algunos, de continuar en el cargo.

Una reciente medición de la encuestadora Cedatos otorga un 67,3 % de aceptación nacional a la pregunta sobre eliminar o no reelección indefinida, siendo la que menos agrado desprende de las siete preguntas entre los votantes, de acuerdo con la encuesta. Esta misma interrogante tiene una mayor aprobación entre el electorado de la Sierra que de las otras tres regiones del país.

No obstante, existe una duda aún no resuelta en torno a la fase en la que está actualmente el proceso de consulta: el control constitucional. La Corte Constitucional, en 2014, emitió un dictamen favorable y dio paso al proceso de reforma constitucional, incluida la reelección indefinida, por la vía de la Asamblea Nacional. Ante un probable dictamen favorable al proceso solicitado por Moreno, ¿no sería contradictorio? “Los escenarios son diferentes”, responde el exvocal del Tribunal Constitucional, Enrique Herrería. “En esta ocasión el presidente Moreno está apelando al poder constituyente original, es decir, el pueblo. En la ocasión anterior (las enmiendas de 2015) se apeló al poder constituido, es decir, la Asamblea Nacional. Son dos cosas diferentes. No hay contradicción”.