Audiencia judicial del presidente Rafael Correa contra el capitán de la marina, Edwin Ortega.

En un callejon sin salida

Los consejos de disciplina en la Armada y los pedidos de acciones de protección, de derecho constitucional, pueden convertirse en un laberinto jurídico para dos capitanes y cuatro tenientes, acusados de irrespetar la autoridad del presidente Rafael Cor

Los consejos de disciplina en la Armada y los pedidos de acciones de protección, de derecho constitucional, pueden convertirse en un laberinto jurídico para dos capitanes y cuatro tenientes, acusados de irrespetar la autoridad del presidente Rafael Correa, por sus respuestas a la carta que él les envió en mayo pasado.

Con la segunda acción de protección presentada el lunes por el presidente Rafael Correa, y aceptada ayer a trámite, se busca nulitar la resolución del segundo consejo de disciplina, que inadmitió el pedido del Ministerio de Defensa de sancionar al capitán José Peñafiel por la supuesta falta disciplinaria atentatoria contra Correa.

El fallo de la primera acción de protección, que anuló la resolución del consejo de disciplina que juzgó la conducta del capitán Edwin Ortega, es que se haga un nuevo juzgamiento.

Según el jurista Marco Granja, experto en derecho militar, no solo que el nuevo consejo puede pronunciarse en similares términos al anterior, sino que hasta puede negarse a juzgarlo. La razón: el artículo 76 de la Constitución de la República prohíbe que una persona sea juzgada más de una vez por la misma causa y materia.

Otra argumentación jurídica tiene el abogado Juan Vizueta, quien defiende a Ortega y a los otros cinco marinos acusados de faltarle el respeto al presidente, y que enfrentan consejos de disciplina. Se trata del artículo 42 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, que establece la improcedencia de la acción de protección cuando el acto pueda ser impugnado en la vía judicial.

Vizueta dice que a los abogados del presidente Correa se les olvidó el artículo 300 del Código General de Procesos (Cogep), que entró en vigencia en mayo de este año y establece la jurisdicción contencioso-administrativa para tutelar los actos administrativos del sector público, así como conocer y resolver los diversos aspectos jurídicos administrativos, incluida la desviación de poder.

Vizueta y Granja están convencidos de que no habrá consejo de disciplina naval que se vaya a pronunciar en contra de las leyes militares y de la Constitución de la República y, por tanto, prevén que sus resoluciones tratarán de ser anuladas a través de nuevas acciones de protección pedidas por el presidente Rafael Correa, quien dijo el sábado durante el enlace ciudadano que militares retrógrados como Edwin Ortega no deben estar en las Fuerzas Armadas.

En el caso de que algún oficial sea sancionado por un consejo de disciplina, él tiene dos instancias para apelar: el consejo de oficiales superiores y el consejo de generales. Además, puede pedir una acción extraordinaria de revisión ante el ministro de Defensa y, finalmente, iniciarle un juicio al ministro en el Tribunal Contencioso Administrativo. “El proceso puede durar meses y para entonces puede cambiar el Gobierno”, dice Granja.