La entidad tributaria elabora un listado de los requisitos que se deben cumplir para acogerse a este beneficio. Sin embargo, dice el SRI, está claro que el primer condicionamiento es el pago del impuesto como tal.

La amnistia, clave recurrente para recaudar mas tributos

Condonaciones. Dos se aplicaron de forma regional en el 2007 (Azuay) y 2016 (Manabí y Esmeraldas) y dos a nivel nacional en los años 2008 y 2015.

En tiempos de escasez, el Servicio de Rentas Internas (SRI) se prepara para trabajar el doble. La principal fuente de liquidez que tiene el Estado afina las estrategias para fortalecer su eficiencia en el cobro de tributos. Un blanco será recuperar los recursos que registra por concepto de deuda y que, de acuerdo con la misma entidad, suman más de $ 4.600 millones; de ello $ 2.355 millones son multas y recargos que está dispuesta a condonar.

La amnistía tributaria es el principal instrumento que utilizará para lograrlo. Se la incluye en el plan económico con la finalidad de que Gobierno logre ingresos adicionales por $ 1.600 millones en 2018 y por $ 1.300 millones anuales en los próximos años. La condonación, se ha dicho, será sobre el 100 % de intereses, multas y recargos para las pequeñas y medianas empresas que decidan pagar sus tributos en un plazo de hasta 2 años. Una empresa grande tendrá 90 días.

En una entrevista radial, Leornardo Orlando, director nacional del SRI, explicó que esta condonación dejaría “en los grandes contribuyentes unos $ 600 millones este año y de $ 170 hasta $ 200 millones en las micro, pequeñas y medianas empresas, en los siguientes dos años”. Será un incentivo de pago que, dijo, permitirá sobrepasar la meta presupuestada para este año (15.344 millones). En el primer trimestre de este año, el incremento de la recaudación fue de un 8 %.

En esta ocasión, la remisión se extenderá a las deudas con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Pero Pablo Guevara, socio de la firma FidesBuró, recuerda que no se trata de una estrategia nueva. Menciona que desde el 2007 ya se han hecho cuatro amnistías, dos regionales (una de ellas aplicada a los afectados del terremoto) y dos nacionales. Estas últimas se aplicaron en el 2008 y en el 2015 y eso ayudó al fisco a “incrementar hasta en 900 millones el cobro de sus tributos”. No obstante, aplicar esta herramienta, refiere Guevara, es un arma de doble filo.

No solo se pregunta si el Gobierno logrará la recaudación deseada. La propuesta, recuerda, se lanza en un momento de difícil situación económica que podría imposibilitar a que muchas empresas cancelen sus haberes dentro de los plazos pautados. Adicional a ello habla del mal mensaje que, con este tipo de política, da a los contribuyentes que sí cumplen a tiempo con sus pagos.

“Esta es una política que puede decepcionar a los formales. Yo que cumplo al día, no me veo favorecido en nada”. Más si esta es una medida que se aplica de forma seguida. Apenas han pasado tres años desde la última amnistía aplicada a nivel nacional.

Cómo acogerse al beneficio

El SRI debe remitir a la Asamblea una normativa para ejecutar la amnistía. El monto de deuda que la entidad tiene por cobrar suma los $ 4.644 millones, de eso $ 2.355 millones corresponde a multas y recargos, la cantidad dispuesta a condonar.

El Pago

La entidad tributaria elabora un listado de los requisitos que se deben cumplir para acogerse a este beneficio. Sin embargo, dice el SRI, está claro que el primer condicionamiento es el pago del impuesto como tal. A nivel nacional eso suma $ 2.288 millones.

Acción legal

Otra condición para aplicar a la amnistía es desistir de las acciones legales que se hayan tomado tanto a nivel nacional como internacional. Actualmente, $ 2.864 millones de deuda se somete a un proceso de impugnación.

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