¿Funcionará el Pico y placa en Quito el viernes 23 de mayo?
Conoce los horarios de restricción y quiénes están exentos de la normativa

La AMT lleva a cabo operativos de control adicionales en el marco del feriado del 24 de mayo para evitar siniestros.
Este viernes 23 de mayo de 2025, con motivo del feriado por la conmemoración de la Batalla de Pichincha, la medida de Pico y Placa no estará en vigencia en el Distrito Metropolitano de Quito. Durante los días feriados, la circulación vehicular no está sujeta a restricciones, permitiendo la libre circulación de vehículos sin importar el último dígito de la placa.
Sin embargo, la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) informa que, aunque el Pico y Placa no se aplicará, se mantendrán operativos de control y vigilancia en diferentes puntos de la ciudad. Estos operativos tienen como objetivo garantizar la seguridad vial y el cumplimiento de las normativas de tránsito.
Entre las acciones previstas, se incluyen controles de velocidad en las principales arterias viales para prevenir accidentes y promover una conducción responsable. Además, se realizará un monitoreo al transporte público, especialmente a los buses interprovinciales que salen desde los terminales de la urbe, para asegurar que cumplan con las rutas establecidas y no presenten irregularidades que puedan afectar la seguridad de los pasajeros.
La AMT también ha dispuesto personal en zonas de alta concurrencia, como terminales terrestres y sitios turísticos, para gestionar el flujo vehicular y peatonal. Se recomienda a la ciudadanía utilizar el transporte público y evitar el uso del vehículo privado en la medida de lo posible, para contribuir a una mejor movilidad durante el feriado.
¿Cuándo se retoma la medida?
El Pico y Placa se retomará el lunes 26 de mayo de 2025, según el calendario habitual. Para ese día, la restricción se aplicará a los vehículos cuya placa termine en 1 y 2. Los conductores deben estar atentos a las disposiciones de la AMT y planificar sus desplazamientos con anticipación para evitar inconvenientes.
No olvide que quienes incumplan la restricción se enfrentan a sanciones económicas. La multa por la primera infracción será del 15% del salario básico unificado, aproximadamente $70.50. En caso de reincidencia, la multa aumentará al 25% y 50% del salario básico, es decir, $117.50 y $235, respectivamente.
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