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Diario Expreso Ecuador

RC y ADN van contra la libre expresión con proyectos para penalizar la opinión

Dos proyectos de ley que penalizan la opinión esperan su tratamiento en la Asamblea Nacional Las mayores fuerzas políticas en el Legislativo los apoyan

Valentina Centeno es la jefa del bloque de ADN, que señaló que el proyecto que busca sancionar la opinión es del correísmo. Pero los noboístas también tienen un planteamiento y ocultan al proponente.

Valentina Centeno es la jefa del bloque de ADN, que señaló que el proyecto que busca sancionar la opinión es del correísmo. Pero los noboístas también tienen un planteamiento y ocultan al proponente.Foto: Flickr Asamblea Nacional

Roberto Aguilar
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Lo que debes saber

  • Correísmo y ADN proponen tipificar ciberacoso o violencia digital en reformas al COIP en la Asamblea Nacional.
  • Proyectos plantean cárcel de 1 a 3 años por conductas en redes.
  • Expertos legales advierten impacto en libertad de expresión por sancionar opiniones digitales de funcionarios públicos.

Los unos lo parieron y los otros lo adoptaron. La inclusión de un nuevo delito en sus proyectos de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) hermana en un mismo tronco político a correístas y noboístas: “ciberacoso” lo llaman los primeros; “violencia digital” dicen los otros.

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Quitando un detalle aquí y otro allá, son idénticos: ambos proponen elevar la opinión a la categoría de delito y castigarlo con cárcel

Todo aquel apasionado intercambio de razones en que se han visto empeñados últimamente los comunicadores políticos y los analistas de ambos partidos (Revolución Ciudadana, RC y Acción Democrática Nacional, ADN), con el afán de diferenciarse unos de otros, queda reducido a la nada al comparar los dos proyectos. Está claro que ambos persiguen el mismo totalitario, iliberal propósito: controlar a la sociedad, reducirla y disciplinarla; sobre todo: silenciarla. En fin: en lo que tiene que ver con nuestras libertades, son igualitos.

El debate sobre los proyectos de reformas convocó a algunas de las voces más destacadas del campo jurídico nacional y alcanzó su mayor intensidad entre el 16 y el 20 de abril. Luego se hizo el silencio, pero quedó la cuestión intacta: ambos proyectos (el correísta y el noboísta, que en el fondo son uno solo) reposan en la Asamblea Nacional esperando su turno para ser debatidos. 

Por mayorías, el proyecto podría aprobarse

Como las dos fuerzas políticas conforman una aplastante mayoría y en este punto están, básicamente, de acuerdo, es obvio que cualquiera de ellos será aprobado.

La voz de alerta la dio María Dolores Miño, abogada constitucionalista del Observatorio de Derechos y Justicia (ODJ), cuando descubrió la propuesta noboísta: “Violencia digital: la persona que, a través de medios electrónicos o telemáticos, incluidos servicios, plataformas, aplicaciones y otros entornos digitales, persiga, intimide, humille, difame, amenace directa o indirectamente será sancionada con pena privativa de la libertad de uno a tres años y multa de dos a veinticuatro salarios básicos unificados”. 

La redacción es tan penosa que uno no sabe si se sancionará directa o indirectamente a quien amenace, o se sancionará a quien amenace directa o indirectamente. Son geniales.

Cárcel y multa por opinar

Lo de la multa (de dos a 24 salarios básicos) es un despropósito que viola los propios principios del COIP, que establece un régimen estricto de proporcionalidad de las penas: si la prisión es de uno a tres años, dice el artículo 70, la multa no puede ser mayor a diez salarios. 

Es obvio que la persona que redactó el proyecto no estudió el código. ¿Por qué habría de estudiarlo si nomás es asambleísta? En cuanto la prisión de uno a tres años, es simplemente una barbaridad: toda la jurisprudencia interamericana sobre la materia insiste en la prohibición de sancionar con cárcel un discurso, cualquier discurso. Tampoco lo estudió el legislador. ¿Por qué habría de hacerlo?

El cruce entre los noboístas y correístas

Sorprendidos con las manos en la masa, los noboístas autores de este proyecto (la firma de responsabilidad se ha mantenido en el más hermético de los secretos, por algo será) ensayaron el viejo juego de tirarse la pelotita. Nosotros no fuimos, fue el correísmo, vino a decir la vocera de la bancada oficialista, Valentina Centeno: “El proyecto”, tuiteó, “NO ES DE ADN (las mayúsculas son suyas), fue presentado el 17 de septiembre de 2024 por la asambleísta Gissela Garzón de la Revolución Ciudadana”.

No tardó la aludida, que abandonó la Asamblea en mayo del año pasado, en salir al paso desde su retiro. Básicamente, dijo que entre su proyecto y el actual (del que no quiere hacerse cargo ADN) hay una gran diferencia: cierto es que también el suyo sanciona con hasta tres años de prisión (omite la multa) a quien persiga, intimide, humille, amenace o difame a través de las redes sociales

La diferencia está en el enfoque de género. Tal cual. Perseguir, intimidar, humillar, amenazar o difamar, en el proyecto de Gissela Garzón, es un delito punible siempre y cuando la persona perseguida, intimidada, humillada, amenazada o difamada sea una mujer. Todo lo demás queda exactamente igual. 

Una de las propuestas que busca penalizar la opinión la impulsó la exasambleísta correísta, Gissela Garzón

Una de las propuestas que busca penalizar la opinión la impulsó la exasambleísta correísta, Gissela GarzónFoto: Flickr Asamblea Nacional

En otras palabras: el proyecto de Gissela Garzón protege de las críticas a Inés Manzano, pero no a Roberto Luque; a Marcela Aguiñaga, pero no a Pabel Muñoz.

Durante varios días propicios para la compra de canguil, correístas y noboístas se estuvieron tirando la pelotita sobre las intenciones punitivas del proyecto. “No me voy a arrepentir JAMÁS por legislar con enfoque de género”, llegó a escribir Gissela Garzón. Fue el penalista Pablo Encalada el que zanjó la cuestión de manera definitiva: ambos proyectos, dijo, tienen el mismo problema. “No sé cuál era su intención, pero es un error terrible que puede llevar a la cárcel por opinar”.

Por supuesto que tienen el mismo problema: correístas y noboístas comparten la misma visión sobre el control de la conversación pública. 

ADN lo intenta otra vez

El correísmo la reprimió durante dos lustros; el noboísmo ha empezado a dominarla y persigue al periodismo que no puede comprar. Este no es su primer proyecto de ley en ese sentido: ya en enero de este año (hace apenas tres meses, parece una eternidad con tantas cosas que han pasado), la legisladora oficialista Camila León presentó una propuesta en la que se otorgaba a los jueces la facultad de juzgar si las críticas a los funcionarios públicos eran idóneas y proporcionales. 

La trama se descubrió a tiempo y terminó siendo archivada por el CAL por “razones políticas”, lo que no descarta que volverán a intentarlo nuevamente cuando el tablero cambie a su favor.

¿Noboa anticorreísta?

Se supone que Daniel Noboa es el adalid del anticorreísmo. Los cheerleaders de sus medios comprados incluso tejen intrincadas teorías de la conspiración sobre el boicot correísta contra el gobierno. 

Sin embargo, a la hora del té, el noboísmo coincide con tal lujo de detalles con las más reaccionarias propuestas correístas (aquellas de Gissela Garzón, por ejemplo, reaccionaria de diseño) que uno se pregunta cuánto ha avanzado el país desde aquel oscuro año 2011, cuando se pretendía quebrar al diario El Universo recurriendo a la justicia penal. Y no: no ha avanzado nada.

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