Legislativo
Una reforma al COIP originó un cruce entre ADN, correísmo y profesionales del Derecho: Esto ocurrió
La modificación está relacionada con el ciberacoso y enfrentó a la jefa del bloque de ADN, Valentina Centeno y la exlegisladora de RC, Gissela Garzón

La legisladora de ADN Valentina Centeno cuestionó la autoría de una reforma al COIP.
El oficialismo en la Asamblea Nacional se desmarcó de una propuesta de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) sobre violencia digital. Este 17 de abril de 2026, la coordinadora de la bancada de ADN, Valentina Centeno, aseguró que el proyecto pertenece a la Revolución Ciudadana.
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Un cruce de acusaciones se produjo entre Centeno y la exlegisladora de la Revolución Ciudadana, Gissela Garzón. La primera sostuvo que la reforma fue iniciativa de la exasambleísta del correísmo en el periodo pasado.
Centeno escribió: “En este país lo más difícil no es enfrentarse a los malos, sino a los que se disfrazan de profesionales y terminan manipulando información para ganar likes”. La referencia fue a la abogada María Dolores Miño, por una publicación en la que señalaba a ADN como impulsor de la reforma.
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Garzón, por su parte, desestimó lo dicho por la asambleísta del oficialismo. “Valentina: el cargo exige rigurosidad, y el proyecto que citas, no es el que se ha criticado en las últimas horas. Ciberacoso y violencia digital no son lo mismo”, escribió.
El origen del conflicto
En las últimas horas se criticó en redes sociales un fragmento de la reforma. Dicho apartado señala que la violencia digital consiste en que una persona, a través de medios electrónicos o telemáticos —incluidos servicios, plataformas, aplicaciones y otros entornos digitales— persiga, intimide, humille, difame o amenace, directa o indirectamente, y que será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años y multa de 2 a 24 salarios básicos unificados.
En el documento que consta en el sistema de la Asamblea Nacional, en cambio, se habla de ciberacoso. En el texto se lee: “Se entenderá como violencia digital o ciberacoso aquellas acciones repetitivas o no en las que una persona, a través de medios electrónicos, digitales o virtuales, realice acciones de hostigamiento, persecución, acecho, intimidación, amenazas, humillación, difamación o cualquier forma de acoso hacia otra persona, afectando su integridad física, psíquica, emocional o su derecho a la intimidad y privacidad, dichas acciones serán sancionadas con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
Se agrega: “Si estas acciones provocan en la víctima alteraciones en su vida cotidiana, como cambios en sus rutinas, actividades, lugares de trabajo o estudio, o generan temor por su seguridad o la de su entorno familiar, la pena será de tres a cinco años”.
La explicación de Garzón fue que es necesario nombrar todos los tipos de violencia porque, de lo contrario, no existen. “También presenté una reforma para tipificar violencia vicaria y feminicidio porque las mujeres las sufrimos. Ninguna propuesta trabajada por mí se hizo en solitario o salió de alguna oficina. Ciberacoso es causa de suicidio, de violencia en las aulas universitarias, en los trabajos, etc.”.
Diferentes documentos pero una misma sanción
El punto de mayor controversia radica en que el artículo menciona la difamación y establece una pena privativa de libertad, lo que ha generado preocupación más allá de la autoría del proyecto de ley. EXPRESO se contactó con Garzón, quien explicó:
“El cometimiento del delito estaba en lo reiterativo. Si se suma el contexto machista, la Inteligencia Artificial (IA) y lo demás podía volverse reiterativo. Decimos que no es sancionatorio porque no nos estamos inventando una pena por fuera de lo que ya existe”.

Gissela Garzón fue asambleísta por Revolución Ciudadana en el periodo derivado de la muerte cruzada decretada por el expresidente Guillermo Lasso.
También indicó que se especificó que no solo se sanciona, por ejemplo, la filtración de un contenido íntimo, sino el acoso en su conjunto, incluyendo mensajes de WhatsApp o publicaciones en redes sociales.
“Cuando lo estábamos estudiando, a mí me parecía que queda corto. Lo que hicimos fue que, en conjunto con la Secretaría de Mujeres de México, ver cómo estaba allá aterrizado ese tema. Y era bastante corto; solo generar un tipo penal con enfoque de género y ponerlo para que sirva como agravante”, explicó.
Con ello, según la exlegisladora, el delito por el cual se determina una pena no es únicamente el ciberacoso, sino que, “en el contexto de violencia puede pasar que un femicida o la familia del femicida acose a la familia de la víctima”.
Sobre el posible alcance a impedimentos para el cuestionamiento o críticas a funcionarias públicas, Garzón dijo que la reforma se circunscribe a una perspectiva de género y no se incluye la violencia digital y un paraguas tan amplio que pueda vulnerar la libertad de expresión.
¿Qué pasará ahora?
El futuro de la reforma parece definido, al menos desde el lado de ADN en la Asamblea. Centeno señaló: “No es iniciativa de nuestra bancada y no llegará al Pleno con esa redacción. Lo que sí vamos a empujar son las reformas penales contra el narco, justo las que los mismos de siempre se dedican a bloquear”.