Eduardo Carmigniani apelará sentencia y pedirá declarar error inexcusable del juez
El abogado cuestiona el fallo de primera instancia; prepara la apelación de la sentencia. El caso podría llegar a instancias superiores

Judicial. Eduardo Carmigniani cuestiona la actuación del juez.
Lo que debes saber
- Eduardo Carmigniani fue sentenciado por una supuesta calumnia.
- El abogado cuestiona la actuación del juez que emitió el fallo.
- Anunció que apelará y pedirá declarar error inexcusable.
El abogado Eduardo Carmigniani anunció que apelará la sentencia de primera instancia que lo condenó por una supuesta calumnia contra Carlos Cadena Asencio, liquidador de Veranera S.A., y que en ese recurso pedirá que se declare que el juez incurrió en error inexcusable. La decisión fue anunciada oralmente, el viernes 14 de agosto de 2026, pero, según explicó el jurista, en una entrevista con el espacio digital de Andrés ‘El Mono’ López, aún espera la notificación escrita para que empiece a correr el plazo de apelación.
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Una carta que derivó en la querella
El caso se originó en una carta que Carmigniani remitió a la Fiscalía, luego de que Cadena presentara una denuncia por presunta asociación ilícita contra Galo Martínez Leisker, Gabriel Martínez Castro e Ingrid Martínez Leisker, en la que también incluyó al abogado por las actuaciones realizadas como defensor de GRANASA. En ese escrito, Carmigniani calificó a Cadena de “insolente denunciante” y sostuvo que buscaba “tomar control de propiedad ajena”, expresiones que posteriormente fueron consideradas por la parte querellante como una imputación de un delito.
Sin embargo, el argumento central de Carmigniani para cuestionar el fallo está en la aplicación de un precedente de la Corte Constitucional sobre el delito de calumnia, pues sostiene que la jurisprudencia establece que no basta una expresión genérica como llamar a alguien “ladrón”, “delincuente”, “violador” o “estafador”, sino que debe existir una imputación concreta y determinada de un delito. A su criterio, las expresiones utilizadas en su carta no identificaron de manera específica un hecho delictivo atribuible a Cadena, por lo que no podían ser consideradas, bajo ese precedente, como una falsa imputación de delito.
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El juez conocía la sentencia constitucional
El punto que, según Carmigniani, convierte el fallo en un posible error inexcusable es que el juez habría reconocido, durante la audiencia, la existencia de la jurisprudencia constitucional, la sentencia unánime 105-23-IN/25, dictada el 17 de diciembre de 2025, pero decidió no aplicarla. La acusación no se refiere, por tanto, únicamente a una interpretación distinta de la norma, sino a la supuesta decisión consciente de apartarse de un precedente que, según la defensa, era vinculante para los jueces.
En ese sentido, la figura de error inexcusable no se configura por cualquier desacuerdo jurídico, sino que la Corte Constitucional ha señalado que requiere una equivocación grave, inaceptable y jurídicamente injustificable, además de un perjuicio significativo para la administración de justicia, los justiciables o terceros. Por ello, Carmigniani sostiene que el caso encajaría en esa figura porque, de confirmarse que el juez reconoció el precedente constitucional y deliberadamente decidió no aplicarlo, habría dejado de observar una regla jurídica que debía considerar al resolver.
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La declaratoria se pedirá en la apelación
Además, el abogado anunció que solicitará formalmente esa declaratoria en la apelación ante la Corte Provincial.