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Diario Expreso Ecuador

ELECCIONES CPCCS 2026

David Rosero queda fuera de la candidatura al CPCCS: TCE señala que ya no puede reelegirse

El consejero en funciones del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) aspiraba a continuar en el cargo hasta el 2031, en caso de ser elegido.

David Rosero es consejero de Participación Ciudadana en funciones.

David Rosero es consejero de Participación Ciudadana en funciones.CPCCS

Richard Josue Jimenez Mora

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Lo que debes saber

  • TCE ratificó la decisión del CNE y dejó fuera de la papeleta electoral a David Rosero.
  • El fallo determinó que Rosero ya cumplió dos periodos y agotó su opción de reelección.
  • La sentencia se fundamenta en el artículo 114 de la Constitución de la República.

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó el recurso subjetivo interpuesto por David Rosero contra la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que descalificó su candidatura al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Con este fallo jurisdiccional, adoptado tras verificar que el postulante incurre en la inhabilidad constitucional de reelección consecutiva o no consecutiva para un mismo cargo de elección popular, Rosero queda definitivamente fuera de la papeleta electoral en Ecuador.

TCE ratifica negativa del CNE a la candidatura de David Rosero

El organismo de justicia electoral desestimó la apelación de David Rosero, ratificando la postura inicial del Consejo Nacional Electoral (CNE). Tras el análisis jurídico del caso, el Contencioso Electoral determinó que el exfuncionario vulnera el marco normativo sobre la permanencia de las autoridades de elección popular en un mismo puesto colegiado.

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Fundamento constitucional y legal del fallo

La resolución judicial se sustenta en la normativa electoral y constitucional vigente en el país:

  • Artículo 114 de la Constitución: Determina que las autoridades de elección popular pueden reelegirse por una sola vez, sea de forma consecutiva o no, para el mismo cargo.
  • Artículo 93 del Código de la Democracia (inciso segundo): Desarrolla y ratifica la prohibición constitucional sobre el límite a la reelección en cargos de representación popular.
El 23 de abril de 2025 se integró David Rosero como el séptimo consejero del CPCCS.

El 23 de abril de 2025 se integró David Rosero como el séptimo consejero del CPCCS.ANGELO CHAMBA/EXPRESO

Los periodos de David Rosero en el CPCCS

De acuerdo con el dictamen del Tribunal Contencioso Electoral, el postulante ya agotó las oportunidades permitidas por la ley para ejercer la titularidad en el organismo:

  1. Elecciones de 2019: Rosero accedió por primera ocasión a las funciones de consejero del CPCCS mediante votación popular.
  2. Elecciones de 2023: Participó en el nuevo proceso y fue incorporado formalmente al organismo según el artículo 47 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (LOCPCCS) para el periodo 2023-2027, lo cual constituyó su primera reelección.

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El Tribunal precisó que el propio Rosero admitió haber integrado el cuerpo colegiado durante dos periodos distintos derivados de las urnas. La sentencia concluyó que el mecanismo administrativo o normativo de acceso a la titularidad no anula la existencia de la inhabilidad, por lo que el ciudadano ya agotó su derecho a postularse para la misma dignidad.

Juicio político en la Asamblea Nacional

La descalificación definitiva de David Rosero de las elecciones de noviembre de 2026 también coincide con el inicio de un juicio político en su contra en la Asamblea Nacional.

El asambleísta Sergio Peña acusa a Rosero de incumplir con sus funciones a propósito de una supuesta reunión entre el consejero y Maritza Romero, postulante al concurso para fiscal general del Estado.

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