ELECCIONES CPCCS 2026
Ramiro García queda fuera de la papeleta para el CPCCS: TCE ratifica el rechazo de su candidatura
El Contencioso Electoral ratificó las descalificación emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) por una prohibición prevista en la Ley de Participación

Ramiro García Falconí es abogado del alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez.
Lo que debes saber
- El TCE ratificó el fallo del CNE y archivó la causa de Ramiro García Falconí.
- La inhabilidad se confirmó por haber ejercido como decano en la Universidad Central.
- La resolución judicial deja de forma definitiva al jurista fuera de la papeleta electoral.
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió negar el recurso subjetivo interpuesto por el jurista Ramiro García Falconí en contra de la resolución adoptada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), ratificando la descalificación definitiva de su postulación al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) en Ecuador. La máxima instancia contenciosa electoral concluyó que la resolución administrativa no vulneró las garantías del debido proceso y confirmó que el postulante incurría en una inhabilidad legal expresa por haber ejercido funciones como decano universitario.
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El fallo del TCE y la confirmación de la inhabilidad
El Contencioso Electoral determinó que la decisión emitida previamente por el CNE no quebrantó los derechos fundamentales ni las garantías del debido proceso alegadas por la defensa de García Falconí.
La resolución judicial ratificó que el abogado se encontraba incurso en una de las prohibiciones expresas para postular al CPCCS, debido a que desempeñó funciones como máxima autoridad académica en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador.
Con esta decisión, el tribunal no solo desestimó el reclamo, sino que ordenó formalmente el archivo de la causa, dejando al profesional sin opciones de figurar en la papeleta para los comicios del CPCCS.

Ramiro García es abogado de Aquiles Álvarez.
Cronología del proceso de impugnación contra García Falconí
El proceso administrativo y contencioso electoral en contra de la postulación de Ramiro García se desarrolló a través de las siguientes etapas:
- Junio de 2026: Lesly Brigitte Andrade Legarda presentó una impugnación formal contra la candidatura tras su inscripción preliminar.
- 15 de agosto de 2026: El CNE notificó a García Falconí la resolución mediante la cual aceptó la objeción ciudadana y negó su calificación como postulante.
- Agosto de 2026: El abogado interpuso un recurso contencioso electoral ante el TCE alegando vulneraciones al debido proceso.
- Resolución definitiva: El tribunal desechó la apelación, ratificó el dictamen del CNE y ordenó el archivo definitivo del expediente.
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Los argumentos de la objeción ciudadana
La impugnación admitida por la autoridad electoral se fundamentó en dos cuestionamientos principales:
- Cuestionamiento a la probidad notoria: La ciudadana objetora expuso que el jurista enfrentaba una investigación previa en la Fiscalía General del Estado.
- Inhabilidad por cargo de nivel jerárquico superior: Se señaló que haber ejercido el cargo de decano universitario en 2024 constituye una prohibición tipificada de forma taxativa en el numeral 9 del artículo 21 de la Ley de Participación Ciudadana para aspirar a un puesto en el consejo.