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Diario Expreso Ecuador

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Caso Progen: Fiscalía emite dictamen abstentivo a favor del exministro Antonio Gonçalves

La instrucción fiscal, iniciada tras la crisis energética que afectó al país en el 2024, se centró en los contratos de emergencia suscritos por Celec y Progen

Antonio Gonçalves, exministro de Energía.

Antonio Gonçalves, exministro de Energía.Archivo

Edison Andrés García Yépez

Creado:

Actualizado:

Lo que debes saber

  • La Fiscalía General del Estado emitió un dictamen abstentivo a favor del exministro de Energía y Minas, Antonio Gonçalves, dentro del caso Progen.
  • La investigación determinó que las funciones del exfuncionario se limitaban a la rectoría política y que no poseía firmas registradas ni manejo operativo sobre las cuentas, transferencias o pagos a la contratista Progen.
  • Al no existir un nexo causal ni lesividad atribuible al exministro, la Fiscalía solicitó remitir la causa a un juez de fuero común para que continúe la sustanciación respecto a los demás procesados.

La Fiscalía General del Estado emitió un dictamen abstentivo a favor de Antonio Gonçalves, exministro de Energía y Minas, dentro del caso Progen, proceso penal por el presunto delito de peculado que investiga irregularidades en contratos de generación eléctrica de emergencia.

(Te puede interesar: Corte Nacional mantiene la prisión de Gonçalves y los técnicos de Celec procesados en el caso Progen)

La instrucción fiscal, iniciada tras la crisis energética que afectó al país en el 2024, se centró en los contratos de emergencia para la generación térmica terrestre en Salitral y Quevedo, suscritos por la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) y la empresa extranjera Progen Industries LLC.

Dichos convenios sumaron decenas de millones de dólares e incluyeron millonarios anticipos que posteriormente generaron cuestionamientos por retrasos e incumplimientos.

Durante la fase investigativa, la Fiscalía analizó la posible responsabilidad de Gonçalves debido a su rol como máximo representante de la cartera de Estado a la que se encontraba adscrita Celec.

Sin embargo, según la Fiscalía, los elementos de convicción recabados demostraron que las atribuciones del exfuncionario se limitaban a la rectoría, planificación y dirección política del sector energético.

Asimismo, señala el Ministerio Público, las certificaciones emitidas por el Banco Central del Ecuador y la jefatura de tesorería de la Unidad de Negocio Termopichincha de Celec confirmaron que el exministro no figuraba como usuario habilitado ni poseía firma registrada para ordenar, autorizar o disponer transferencias internacionales o pagos a favor de la contratista.

Tampoco participó en la elaboración de términos de referencia, calificación de ofertas ni en la gestión operativa de los contratos, según Fiscalía.

Fiscalía concluyó que la conducta de Gonçalves no encuadra en peculado

El Ministerio Público concluyó que la conducta de Gonçalves no encuadró en el tipo penal de peculado. El informe fiscal subraya que no existió un nexo causal entre sus funciones ministeriales y el perjuicio ocasionado al Estado, descartando que haya incurrido en abuso de cargo u omisión dolosa.

El dictamen destaca que las empresas públicas gozan de autonomía presupuestaria, financiera, administrativa y de gestión, recayendo la responsabilidad de los procesos contractuales en sus propios gerentes, administradores de contratos y equipos técnicos.

Por lo tanto, según Fiscalía, la actuación del exministro se mantuvo dentro del marco legal de sus competencias durante los tres meses que duró su gestión.

Al emitirse este pronunciamiento abstentivo a favor del exministro, la causa pierde el fuero especial de la Corte Nacional de Justicia que correspondía a Goncalves.

Ante esto, el fiscal general encargado, Carlos Alarcón, solicitó que el expediente sea remitido mediante sorteo a un juez de fuero común para que continúe la sustanciación legal respecto a los demás procesados en el caso.

El proceso continuará ahora en las instancias ordinarias para determinar las responsabilidades individuales de los demás involucrados en la suscripción y ejecución de los contratos de emergencia.

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