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Diario Expreso Ecuador

Justicia

Celec pierde la calidad de acusadora particular en el caso Progen

La Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia dejó sin efecto la acusación de la estatal eléctrica por rebasar el plazo de 3 días para corregir observaciones

El gerente general de Celec es Jorge Antonio Jácome Pólit, cuya representación legal presentó la acusación particular de forma extemporánea en el caso Progen.

El gerente general de Celec es Jorge Antonio Jácome Pólit, cuya representación legal presentó la acusación particular de forma extemporánea en el caso Progen.Cortesía

Sara Ortiz
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La Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) quedó al margen como acusadora particular dentro del proceso penal conocido como caso Progen. El conjuez de la Corte Nacional de Justicia, Rodrigo Sarango Salazar, declaró la acusación como no presentada debido a que la institución ingresó la subsanación correspondiente fuera del término fijado por la ley.

La resolución se emitió la tarde del 25 de septiembre de 2026, dentro de la causa No. 17721-2025-00200G. La medida priva a la empresa pública de ejercer el impulso procesal de forma directa e independiente en esta causa.

El cómputo de los plazos procesales

La falta de oportunidad en la entrega del documento definió la suerte de la pretensión de Celec. El trámite registró las siguientes fechas clave:

  • 9 de septiembre de 2026: La Corte notificó la orden para que Celec complete la acusación particular que interpuso originalmente el 18 de agosto.
  • 12 de septiembre de 2026: Fecha límite de tres días señalada en el numeral 3 del artículo 433 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
  • 14 de septiembre de 2026: Ingreso del escrito de subsanación a través de la ventanilla virtual por parte de la procuradora judicial de la entidad, María Verónica Alcívar Ortiz.
  • 15 de septiembre de 2026: Entrega física de la procuración judicial firmada por el gerente general de la empresa, Jorge Antonio Jácome Pólit.

Al constatarse que la documentación ingresó dos días después de vencido el plazo legal, la autoridad judicial aplicó la consecuencia prevista en la norma y desestimó el trámite sin entrar a revisar el contenido del documento.

Oposición de la defensa

La decisión del magistrado coincide con el reclamo formulado por la defensa de una de las procesadas (dentro del grupo de 31 imputados en la causa), quien cuestionó severamente la validez del trámite inicial impulsado por los abogados de Celec

Entre los reparos legales expuestos consta que el escrito original presentaba graves defectos de forma, como el uso de una procuración judicial en lugar de un poder especial, mandato exigido de manera expresa por el artículo 434 del COIP. A esto se sumaron divergencias en la relación de los hechos, donde la representante legal acusó por eventos distintos.

Asimismo, la defensa señaló que Celec no logró precisar ni explicar la mecánica de la infracción en el presunto delito de peculado, omitiendo determinar las circunstancias temporales y el periodo exacto en el que se habrían circunscrito los hechos investigados.

Tras estos señalamientos, el tribunal dio tres días de plazo para que Celec corrija, pero la extemporaneidad de la entrega el juez ya no hizo un análisis de fondo de tales alegaciones. De esta manera, el proceso penal en el caso Progen continuará su trámite sin la participación de la eléctrica estatal como parte acusadora.

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