Xavier Flores Aguirre | 205 años de la primera Constitución
En el caso de Guayaquil sí fue efectivo el tránsito de un régimen monárquico a un régimen republicano
Se cumplieron los 205 años de la entrada en vigor, el 11 de noviembre de 1820, del Reglamento Provisorio de Gobierno que se aprobó en la ciudad de Guayaquil por un Colegio Electoral compuesto por 57 representantes, provenientes de 27 pueblos de la provincia de Guayaquil.
Entonces, tres días atrás se cumplió el aniversario de un acontecimiento sin precedente: la entrada en vigor de una Constitución que rigió en un territorio independiente del Reino de España, en el ámbito del actual Estado del Ecuador.
Esta Constitución de 1820 estableció un gobierno electivo, la separación de los poderes del Estado y la creación de una milicia para luchar por la independencia de las otras provincias todavía sujetas al Reino de España.
Este aniversario no tiene precedente porque la Constitución que se aprobó para la provincia de Quito el 15 de febrero de 1812 (el Pacto solemne de sociedad y unión), por un Congreso reunido en Quito, no pretendió regir en un territorio independiente del Reino de España (digo “pretendió”, porque no entró en vigor).
El artículo 2 de este Pacto Solemne buscaba la independencia de la provincia de Quito, “en cuanto a su administración y economía interior”, pero siempre dentro del Reino de España. Era una independencia frente a los otros territorios americanos y la concreción de la antigua aspiración de Quito al autogobierno (a la manera de una capital de Virreinato o de Capitanía General).
El artículo 5 de este Pacto Solemne de 1812 descarta dudas acerca de la pertenencia de Quito al Reino de España: “En prueba de su antiguo amor, y fidelidad constante a las personas de sus pasados Reyes; protesta este Estado que reconoce y reconocerá por su Monarca al señor don Fernando Séptimo”. Constituye un real absurdo pensar que Quito reconoció a un rey, pero que fue independiente de su reino.
Quito tampoco se pensó fuera del Reino de España en agosto de 1809, pues en su acta del 10 de agosto consta que se instituyó una Junta de Gobierno para que “gobierne interinamente a nombre, y como representante de nuestro legítimo soberano, el señor Don Fernando Séptimo”.
Por contraste, en el acta que se levantó el 9 de octubre de 1820 se puede leer que para Guayaquil aquel día fue el “primero de su independencia” y el artículo 1 del Reglamento de Gobierno declaró a la provincia de Guayaquil “libre e independiente”.
La principal diferencia entre los cuerpos normativos de 1812 en Quito y de 1820 en Guayaquil: el objeto del Pacto Solemne de Quito era la regulación de una independencia administrativa en el seno del Reino de España, frente a otros territorios (Lima y Santafé), mientras que el objeto del Reglamento de Gobierno de Guayaquil era la regulación de una total independencia, por fuera del Reino de España. Es decir, en el caso de Guayaquil sí fue efectivo el tránsito de un régimen monárquico a un régimen republicano.
El Reglamento de Gobierno adoptado el 11 de noviembre de 1820 en Guayaquil rigió los destinos de la provincia por 609 días, hasta que el 13 de julio de 1822 el presidente de Colombia, a la cabeza de un ejército de 1.300 soldados, declaró el cese del autogobierno de la provincia de Guayaquil y, por ende, la vigencia de su Constitución.