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Rafael Oyarte | ¿Para qué una Constitución?

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Hitler llegó a la Cancillería con el voto de la gente y, con ese mismo voto, se hizo de todo el poder

Una de las cosas que destacan del nacionalsocialismo y del Tercer Reich es que Hitler no se hizo dictar una constitución ni nada parecido. Se eliminó la Constitución de Weimar y comenzó el imperio del “Führerprinzip”: la voluntad del líder es la de la nación y todo opositor se convierte en “enemigo del Estado”. Por supuesto, esto fue paulatino y, en ello, los jueces fueron una importante parte del engranaje, pues, paradójicamente, aumentaron enormemente su poder, pues ya no debían atenerse a la letra de la ley, sino a su “espíritu”, que, en ese momento, parecía ser el todo y la nada, aunque eso implicaba, siempre, someterse al régimen o quedar de “patitas en la calle”, cosa que ya se había trasladado a toda la administración.

Hitler llegó a la Cancillería con el voto de la gente y, con ese mismo voto, se hizo de todo el poder. Luego de eso, ya para qué elecciones. Stalin, que como asesino de masas superó ampliamente a Hitler, se hizo dar una Constitución en 1936, llena de cosas que jamás se cumplirían, pues, en su texto, el órgano máximo de la Unión Soviética era el electo Soviet Supremo y establecía un sistema federal. En la realidad de las cosas, nada de eso era cierto, y tampoco los generosos derechos que se consagraban en ese texto: el poder total, incluso sobre la vida, muerte y libertad de los soviéticos, era del camarada Stalin, el que lo ejerció absolutamente hasta su muerte en 1953.

Se entiende que una nación democrática tiene una Constitución no solo formalmente, sino una que se cumple: para ello es votada por el pueblo, dizque soberano, al ejercer “su” poder constituyente. Pero sabemos que, en muchos Estados, y ya no solo “tercermundistas”, esos textos son la mejor excusa para ejercer el mero poder. Ya no se cuida que esas constituciones contengan normas que dificulten la administración y el ejercicio del poder presidencial, como, frontalmente, se quejaba Velasco Ibarra cuando se estableció el Tribunal de Garantías Constitucionales. No. Pongamos no más lindos órganos, como cortes, tribunales, consejos, superintendencias, contralores, etc. Basta con llenarlos de obsecuentes, a costa del erario público, para que, a la larga, no solo no sirvan para lo que la constitución dice que deben servir, sino para que sean un elemento más en la estructura de un poder personal. ¿Los derechos ofrecidos cual marejada? Para propaganda y poco o nada más. Para eso, mejor nada.