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Modesto Gerardo Apolo | Ley antipillos en pausa

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Suspensión de la ‘Ley antipillos’ genera debate entre respeto al procedimiento y lucha contra el lavado de activos

La Corte Constitucional suspendió provisionalmente ciertos artículos de la ‘Ley antipillos’, desatando el debate sobre el equilibrio entre el respeto al procedimiento legislativo y el combate a las economías delincuenciales, como el lavado de activos, minería ilegal, etc.

¿El fundamento? Presuntas violaciones al art. 140 de la Constitución, que obligan al Legislativo a pronunciarse sobre leyes económicas urgentes en 30 días, respondiendo a criterios de gravedad, verosimilitud e inminencia, alineados a los Principios de Siracusa y estándares internacionales de proporcionalidad. Sin embargo, esta suspensión debilita al Gobierno en su lucha para enfrentar a los GDO, en un país donde se estima que USD 285 millones de dólares son lavados anualmente.

El Ejecutivo argumenta que la Asamblea incumplió el requisito de dos debates, citando precedentes como el caso Lasso de 2023. No obstante, la Corte priorizó el rigor procedimental, destacando la necesidad de salvaguardar el Estado de derecho, haciendo tabla rasa de los derechos ciudadanos a la seguridad y la vida. Esto plantea desafíos para la seguridad pública. La ‘Ley antipillos’ buscaba fortalecer el marco legal contra el lavado de activos. Su ausencia temporal limita la capacidad del Estado para rastrear y confiscar fondos ilícitos.

Pero el Ejecutivo cuenta con herramientas para actuar, como recurrir a solicitar la revocatoria de las medidas cautelares dispuestas por la Corte Constitucional, hasta que se resuelva sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes económico-urgentes objeto de tales acciones.

El papel de los jueces constitucionales es velar por el respeto de la Constitución, por más mala que sea. ¿La solución? Desechar la Constitución actual, patente de corso para delincuentes y funcionarios corruptos.

Ecuador enfrenta un momento crítico: o cedemos ciertos derechos, para nuestra defensa, al Estado, o como hasta ahora, de hecho, estos están en manos de los GDO.

Sin duda debe armonizar el imperio de la ley con la urgencia de proteger a su población, porque el combate a los GDO no admite pausa.