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Brutalidad del (antiguo) Sercop

Avatar del Eduardo Carmigniani

Eso no es lo peor. Se exige además que en la oferta se autorice levantar el sigilo bancario de todos los socios’.

El Servicio Nacional de Contratación Pública (resolución RE-SERCOP-2016-000072, del 31 de agosto de 2016), estableció que, para calificar a una compañía en un proceso de contratación pública, debía analizarse también a sus socios mayoritarios (art. 61). La revisión de inhabilidades (ser deudor moroso del Estado, por ejemplo) se extendía entonces a los controlantes. Pero absurdamente, siguiendo la moda de la época, se agregó que por tales mayoritarios debía entenderse a los que tuviesen más del 6 % del capital, como si con ese porcentaje no se pudiese ser minoritario hostil: “Será considerado accionista, partícipe o socio mayoritario aquel que sea propietario de más del seis por ciento (6 %) del capital de la sociedad, empresa o persona jurídica” (art. 62).

La absurda moda del 6 % se hizo aberración el 2020. Con resolución RE-SERCOP-2020-110, del 21 de septiembre de ese año, se derogó la norma del 6 % (lo que en principio hacía suponer que se regresaría a la racionalidad de revisar solo a los socios verdaderamente mayoritarios). Pero no. En su lugar se modificó una serie de formularios eliminando el calificativo “mayoritarios”, de modo que hoy solo se lee “socios” (es decir todos). Particularmente uno cuyo texto, con la eliminación, hace que la compañía oferente acepte que si cualquier socio -con independencia de su porcentaje de participación- estuviese inhabilitado para contratar con el Estado, esa inhabilidad se extienda a la compañía.

Eso no es lo peor. Se exige además que en la oferta se autorice levantar el sigilo bancario de todos los socios. Es obviedad que eso solo puede hacerlo el titular de la cuenta. El representante legal de una compañía no puede autorizar tal cosa respecto de los socios. El efecto práctico es que para presentar una oferta deba entonces contarse con el consentimiento unánime de los socios (expresado indirectamente, mediante la aceptación de que se levante el sigilo en sus cuentas bancarias).

El arma que se da ha dado a minoritarios hostiles (o a competidores) para torpedear las actividades de la empresa es brutal.