Apremio personal

El presupuesto estatal para un detenido es de $ 600 mensuales, el Estado tiene que darles trabajo en obras públicas o recomendarlos a empresas privadas, ayudando con rebajas de impuestos

La situación económica mundial está decreciendo, igual, en Ecuador: no hay trabajo, personas esperan con herramientas en las calles a que alguien los lleve a ganarse el sustento diario. Padres desocupados a expensas de ayuda familiar. Débese a falta de inversiones, invasión de desplazados (dinero que ganan se va del país como remesa), terminando con la circulación o reactivación económica. El presupuesto estatal para un detenido es de $ 600 mensuales, el Estado tiene que darles trabajo en obras públicas o recomendarlos a empresas privadas, ayudando con rebajas de impuestos. Fundarse en derechos humanos, que no se ordene medida coercitiva contra ningún padre que esté debiendo, suficiente con prohibirle salir del país; a diferencia de autores de delitos graves, solo se les ordena dicha medida. Se causa perjuicio irreparable; un gasto injustificado al Estado, pues debe alimentarlo; y se causa daño al menor pues el padre, si está detenido, no suplirá los alimentos y no podrá obtener un centavo para sus hijos, ni para él. Con batidas por delincuencia, algún rato son detenidos, pues constan en registros; les queda refugiarse en el campo donde familiares de escasos recursos. Los padres tienen que invocar derechos humanos consagrados en la Constitución para que jueces de la Niñez convoquen de oficio, audiencia del art. 130 del Código de la Función Judicial coherente con art. 190 de la Constitución, llegar a acuerdos que permitan al padre trabajar en actividad lícita libremente; la madre, aceptar, dejar en suspenso orden de apremio personal dictada en juicio por uno o dos años y tener la posibilidad de pagar pensión alimenticia.

Ab. Jorge Arámbulo B.