Guayaquil

Narcisa: “He sentido morirme, como muchas mujeres”

Víctimas de violencia de género abren sus puertas para exponer su testimonio de lo que vivieron casa adentro y en busca de justicia

Narcisa
Víctima. Narcisa espera ayudar con su testimonio a otras mujeres que están pasando por situaciones como las que ella pasó durante 20 años.HENRY LAPO

“Tú no vas a ser feliz nunca porque te mato y mato a los niños, porque es lo único que te hace feliz”. La amenaza fue escalofriante, pero fue el despertar de Narcisa, una profesional de 48 años de edad con veinte años marcados por un maltrato psicológico en el hogar que formó con el hombre que la flechó en la universidad. Es parte de las 6 de cada 10 mujeres que sufren algún tipo de violencia en Ecuador; pero su caso es excepcional porque entra en ese 2 % de víctimas que siguen adelante con el proceso penal. Logró no solo una sentencia en contra de su agresor, sino que salvó su vida y la de sus hijos, por quienes sigue luchando para romper ese círculo de violencia que en los últimos 7 años ha causado 1.263 casos de femicidios y muertes violentas de mujeres en el país.

Es tanto el valor que tiene y que contagia, que autoriza publicar su verdadera identidad, pero por su seguridad y la de sus hijos la llamamos Narcisa. Su lucha dentro de la justicia inició en 2018, pero su vida de maltrato se remonta a 1998, desde que se casó con un hombre divorciado y con tres hijos a cuestas. “Nunca supe si había violencia en su otro hogar, no es un tema que uno esté preguntando. Además se muestran muy amigables, cordiales y cariñosos en las relaciones”, cuenta Narcisa. Un relato que a muchas víctimas de violencia de género les suena común y que este 25 de noviembre conmemoran el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

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Y es justamente con el pasar de los años que “se normalizan los celos y uno empieza sin darse cuenta a aislarse del    grupo de amistades. Empiezan las prohibiciones muy sutiles, empiezas a complacer y a ceder. Al final estaba más centrada en mi casa y vienen esos    comentarios de:‘No cuentes a la familia porque la que va a quedar mal eres tú’”.

¿Le suena familiar? Es la realidad que viven cientos de mujeres víctimas de maltrato, especialmente el psicológico, que es la forma más recurrente de violencia de género con el 53,9 % del registro, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).

Cinco de los siete casos que a diario atiende la psicóloga Diana Barrigas, de la Defensoría Pública, son por violencia de género y por los cuales se toma de 40 a 60 minutos en cada una de las diez a veinte sesiones que realiza en cada caso, dependiendo de la situación de la víctima.

“Uno empieza a guardar y a ocultar los problemas que hay en casa con el pretexto de que a la final va a perder una. Una se pierde la confianza”, explica Narcisa, quien tras los intentos de separación se le fueron 13 años más en una relación que ya no era saludable para ella ni sus hijos. A las amenazas verbales vinieron las agresiones físicas. Quería irse de casa, pero no podía porque ella la había heredado de su padre. Él tampoco estaba dispuesto a irse, lo que incrementó la violencia. “Vinieron agresiones más fuertes, maltrato delante de los niños hasta que llegó el día de irse, pero se fue grafiteando mi casa, la sala, la cocina”, con frases que prefiere olvidar. Fue en    2018, tras una amenaza escalofriante, que la despertó a la realidad: “Yo no voy a salir de aquí y tú no vas a ser feliz nunca porque te mato y mato a los niños, porque es lo único que te hace feliz a ti”.

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Con ocasión del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre), la Corte del Guayas instaló la Mesa de Justicia y Género, para evaluar el servicio de justicia.Cortesía

Tras irse él, Narcisa llamó a la policía para evidenciar el maltrato que aguantó por años, lo que quedó plasmado en un parte informativo, algo que califica como “iluminación divina”, ya que con eso dio paso a la denuncia por violencia, la demanda de pensión alimenticia y el divorcio; pero también le tocó enfrentar    insultos, a su círculo familiar y de amistad más cercano, además de once demandas: maltrato psicológico, paternidad y alimentos.

En una de las acciones legales, un juez le otorgó a su exesposo la custodia temporal del niño mayor, de 13 años. Fue entonces que Narcisa decidió buscar ayuda legal y una boleta de auxilio. Pero se topó con otro problema. “La justicia es muy lenta, que además es otra de las cosas que a una la golpean, porque siendo víctima con situaciones complicadas en casa, también se tiene que enfrentar a jueces o funcionarios que no están preparados para encargarse de estos temas, y una empieza a justificar, exponer y a tratar de mantener la verdad de una ante estos funcionarios que más maltratan al hacerte sentir culpable, preguntando: ¿Qué le dijo? ¿Qué le hizo usted? Esa parte de la justicia ha sido terriblemente dura para mí, que tengo estudios universitarios, que no es muy fácil que me manipulen (...) Me pongo en el sitio de muchas mujeres que no tienen la suficiente preparación académica quizás para aguantar o responder temas en los que se sienten discriminadas por la misma justicia a la que están acudiendo para defenderse... Ese es el contexto de por qué muchas mujeres no denuncian”, sostiene Narcisa.

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Desde 2018, recién en febrero de este año y con la asistencia gratuita de un abogado de la Defensoría Pública, el padre de sus dos hijos fue sentenciado por violencia psicológica, pero rercibió una condena de dos meses de prisión. “Los jueces dijeron que yo seguía con vida, tenía que seguir trabajando (...) Creo que si hubiera estado en una tumba o en un manicomio acogían lo que pidió la fiscal, la pena máxima de 1 a 3 años”.

Narcisa confiesa que lo único que buscaba era justicia. Pero, a pesar de que en segunda instancia fue ratificado el fallo, aún no se ejecuta la sanción y ahora el caso pasó a la Corte Nacional por un recurso de casación. Y, aunque ella no está trabajando, intenta seguir pagando la pensión de alimentos para que no le falte nada a su hijo mayor, mientras que su exesposo ya adeuda 18.000 dólares en la demanda de alimentos que ella interpuso para que le pase al niño menor.

“He sentido morirme como deben haber sentido muchas mujeres, con todo lo que en cada momento sale, pero la fuerza interior sale por los mismos hijos (...)”. Dos consejos: primero, tener confianza en uno mismo, saber que no eres un objeto;y segundo, movilizarse, pedir ayuda, consejos; aunque no te escuchen a la primera, habrá alguien que considere tu caso y te ayude a defender tu problema. “Pero hay que dar el primer paso porque si te sigues aguantando, esperando que (el agresor) se vaya, cambie o frene, eso no llegará nunca”.

El 50 % de victimarios decide quitarse la vida

De los 1.263 casos de femicidios y muertes violentas en contra de mujeres, registrados por el Consejo de la Judicatura dentro de la herramienta virtual FemicidosEc, 141 de los victimarios terminaron muertos. Otros 110 decidieron huir de la justicia. Mientras que 286 registraban antecedentes penales y 35 por violencia.

¿Qué hace que un femicida termine quitándose la vida? La psicóloga Diana Barrigas ha detectado que un 50 % de victimarios decide suicidarse luego de asesinar a su víctima, en primer lugar, como un mecanismo para evadir la responsabilidad penal y social. En segundo lugar, señala los sentimientos de culpa o remordimientos del agresor. “Una vez que comete el hecho, como está en un estado de imposibilidad, con una conducta agresiva, en ese momento de ira y enojo es como que no siente. Pero luego de cometer el hecho se pregunta: ‘¿Por qué lo hice? ¿Qué pasó? ¿Por qué la asesiné?’. Vienen los sentimientos de culpa y eso hace que la persona decida suicidarse”.

Al inicio la menor no contó a nadie del abuso y tampoco habló de su embarazo, hasta que sus signos se hicieron evidentes.

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También está la dependencia emocional, pues al momento de que ya no tiene ese control sobre la víctima, piensa que su vida ya no tiene sentido.

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Referencial. En muchos casos las víctimas buscan que les brinden acogida para proteger a sus hijos.Archivo / EXPRESO

Análisis académico / Pamela Aguirre, directora del Observatorio Jurídico Social de la UESS

Protección internacional frente a la violencia sexual a mujeres

Si bien todo hecho de violencia contra las mujeres es condenable, la violencia sexual tiene características específicas debido a su impacto en mujeres y niñas y a los altos niveles de impunidad. Las consecuencias físicas y psicológicas en las víctimas, además de las posibilidades de embarazos no deseados, sumadas a la vergüenza y el estigma que las víctimas sufren en sus familias y sus comunidades, hacen de la violencia sexual un hecho de extrema gravedad y de difícil denuncia.

Debe entenderse además que la violación sexual no es la única forma de violencia sexual, sino que este término abarca otras formas de agresión como los desnudos forzados, las    amenazas    de    violación, los    tocamientos    indebidos, el acoso sexual, entre otros hechos. En este sentido, el Comité de la CEDAW estableció que la violencia contra las mujeres puede ser equiparada a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes en ciertas circunstancias, incluyendo los casos de violación sexual, violencia doméstica, prácticas nocivas, entre otras.

A nivel internacional, la regulación de la violencia sexual se da fundamentalmente en el marco de los conflictos armados a partir de los Tribunales Penales Internacionales para    la Ex Yugoslavia (violación sexual como crimen de lesa humanidad, TPIEY, 1993) y Ruanda    (violación    sexual    como    crimen    de    guerra,    TPIR,    1994),    así    como    con    el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (1998). Esto debido a que estos crímenes no fueron incluidos en la definición de crímenes de guerra ni de lesa humanidad de la Carta de Nuremberg.

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En la jurisprudencia de estos tribunales internacionales, la violencia sexual fue considerada como un crimen de lesa humanidad, una forma de tortura y, además, permitió judicializar casos de esclavitud sexual y desnudo forzado principalmente. A partir de estas decisiones, se dejó de considerar a la violencia sexual como un daño colateral a los conflictos armados y se la calificó como una estrategia utilizada para aterrorizar a la población.

A nivel interamericano, el Informe de la Comisión Interamericana (CIDH) en 1996, respecto del caso Raquel Martin de Mejía contra el Perú, consideró que la violación sexual sufrida por la víctima constituyó una violación del artículo 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), referido al derecho a la integridad personal, concluyendo que se trató de un acto de tortura. Este informe dio paso a una serie de avances en el ámbito del Sistema Interamericano.

La Corte Interamericana (Corte IDH) a partir del caso Castro Castro contra el Perú (2006) resaltó la importancia del análisis de género de las violaciones de derechos humanos y estableció que la violencia sexual fue utilizada como un medio de castigo y represión. Se evidenció además que en el caso peruano hubo una práctica de violaciones sexuales y de violencia sexual desarrollada    principalmente    contra    las    mujeres,    que se utiliza    en    los    conflictos armados como un “un medio simbólico para humillar a la parte contraria” y como un medio de castigo y represión contra las mujeres.

Posteriormente, la Corte IDH en 2010 en el caso Rosendo Cantú en contra de México estableció que la violación sexual es un tipo particular de agresión que, en general, se caracteriza por producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores, por lo cual no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales y, por tanto, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho. Asimismo, la Corte ha resaltado que las agresiones sexuales constituyen un tipo de delito respecto al cual la víctima no suele denunciar, por el estigma que dicha denuncia conlleva generalmente.

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En 2010 también se da una decisión histórica para el Sistema Interamericano. La Corte IDH en el caso denominado Campo Algodonero (González y otras vs. México) reconoció el feminicidio como un delito específico, estableciendo la obligación del Estado de otorgar una respuesta inmediata ante denuncias de desaparición de mujeres y responsabilidad estatal por incumplirla. Después la Corte en Véliz Franco, Velásquez Paiz, Gutiérrez Hernández y todos contra Guatemala visibilizó los estereotipos de género en las investigaciones y su impacto en la impunidad.

En 2018 en el caso López Soto contra Venezuela se calificó como tortura el secuestro de la víctima por parte de un particular y determinó la responsabilidad estatal frente al conocimiento del riesgo y la esclavitud sexual a la que fue sometida la víctima. En el mismo año en V.R.P. y V.P.C. contra Nicaragua, la Corte desarrolló estándares específicos sobre investigación de violación sexual de niñas de corta edad, incluyendo debida diligencia, principalmente como parámetro de no revictimización y la inclusión de la noción de violencia institucional durante la investigación.

Finalmente, en este breve recuento, en un caso que sacudió nuestro país en 2020, la Corte IDH determinó la responsabilidad internacional del Ecuador respecto al acoso y violencia sexual de una niña en el ámbito educativo (caso Guzmán Albarracín), determinando estándares de prevención de la violencia sexual en los colegios, incluyendo educación sexual integral y mecanismos adecuados de denuncia e investigación.

Como se puede apreciar, la protección internacional existe, se han desarrollado de manera importante estándares de protección a las mujeres para erradicar la violencia de la que somos víctimas solo por el hecho de ser mujeres. Es responsabilidad del Estado y de la sociedad reconocer que este tipo de violencia comporta una serie de particularidades que afectan de manera diferenciada a las víctimas, lo cual debe ser considerado si se toman en serio los derechos de las mujeres.