
Los viajeros podran pagar el ISD en las cajas del Duty Free
De acuerdo con la Ley Orgánica para el Equilibrio para las Finanzas Públicas, las transferencias, envíos o traslados efectuados al exterior, excepto con tarjetas de crédito o débito (que tienen mayor límite), se encuentran exentos hasta por un monto de
Desde el 1 de mayo rigen nuevos umbrales impositivos para los viajeros que lleven divisas al exterior.
Según la Ley para el Equilibrio para las Finanzas Públicas, todo pasajero que lleve efectivo hasta por $ 1.098, por viaje, está exento de pagar el ISD (Impuesto a la Salida de Divisas). Por encima de ese valor, se paga el 5 % respecto al excedente.
Para efectos prácticos, Juan Miguel Avilés, director de la zona 8 (Guayas) del Servicio de Rentas Internas (SRI), expone que si por ejemplo un ciudadano viaja con $ 2.098 en efectivo, debe restar a esa suma la fracción exenta ($ 1.098), por lo que lo que se gravará con el 5 % del ISD son los $ 1.000 restantes. Es decir, para ese caso, “50 dólares es lo que debería pagar”.
Para hacerlo, hay principalmente dos opciones. Primero, ingresar a la página web www.sri.gob.ec y descargar el formulario 106 (para pagos múltiples). El contribuyente lo llena y genera un comprobante que debe llevar al banco, para ejecutar el pago. El sitio da otra fórmula: elegir uno de los canales de pagos online, dentro de un abanico de bancos.
Otra alternativa pasa por los aeropuertos. Justo el jueves hubo una reunión de las autoridades del SRI con las aerolíneas para explicarles el proceso. Ellas recordarán a los pasajeros su obligación de pagar el ISD si llevan más de $ 1.098 al exterior en el caso de los adultos y un límite superior de 366 dólares para los menores de edad.
Si el ciudadano no ha hecho el pago, entonces lo podrá hacer en las cajas del Duty Free, explica Avilés, quien añade que un segundo recordatorio del pago, para los que lleven efectivo gravado, lo hará Migración, justo antes de entrar a la sala de preembarque y cuando entreguen la tarjeta Andina, la cual en uno de sus apartados pregunta, para efectos de control de Aduana, con cuánto dinero se está viajando al exterior.
“Ahí se informa si saca más de 10 mil dólares, por lo que proponemos que se modifique para que se determine cuánto dinero se está sacando del país”, dice Avilés.
El SRI aún está afinando los controles a través de las vías terrestres, especialmente hacia Colombia y Perú, zonas a las que acuden algunos ecuatorianos para hacer sus compras, aprovechando la fortaleza del dólar y la depreciación de las monedas vecinas. Para ese tipo de viajes también rigen los límites máximos exentos.
Pero hay excepciones. Avilés explica que las personas que “saquen dinero por estudios o por salud (enfermedades catastróficas)” gozan de exenciones. En educación, si es por pago de pensiones o colegiatura, no hay límite. Si es para manutención, $ 5.585 están exonerados. Para males catastróficas, también el límite es la mitad de la fracción exenta ($ 5.585).