Mandatario. Nicolás Maduro, presidente de Venezuela.

Rechazan enmienda para sacar a Maduro

El Tribunal Supremo de Venezuela (TSJ) determinó ayer que “cualquier enmienda” que se pretenda hacer a la Constitución del país para reducir el período presidencial no podrá aplicarse al actual jefe de Estado, Nicolás Maduro, porque se estaría “desconociendo la voluntad del pueblo”.

“Esta Sala Constitucional (del TSJ) concluye que tratar de utilizar la figura de la enmienda constitucional con el fin de acortar de manera inmediata el ejercicio de un cargo de elección popular, como el de presidente de la República, constituye un fraude a la Constitución”, dice la sentencia.

Con esta decisión se invalida la aprobación en primera discusión del proyecto de enmienda constitucional para reducir el período presidencial de seis a cuatro años que el Parlamento de mayoría opositora hizo el miércoles pasado.

En el texto del TSJ se señala que la Constitución prevé “un mecanismo político efectivo” para aplicarse a funcionarios en funciones “como el referendo revocatorio contemplado en el artículo 72 de la Carta Magna”.

En el escrito introductorio anuncia que la Sala Constitucional determinó que cualquier enmienda que pretenda efectuarse a la Constitución de Venezuela “no puede tener efectos retroactivos en el tiempo o ser de aplicación inmediata”.

Se agrega que admitir esta enmienda “constituiría un quebrantamiento al ejercicio de la soberanía previsto en el artículo 5 de la Carta Magna, ya que se estaría desconociendo la voluntad del pueblo”.

Mientras la enmienda constitucional ya encontró un obstáculo en la decisión del Tribunal, la alianza opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) aún espera que el Consejo Nacional Electoral (CNE) proporcione el formato para recoger la cantidad de firmas requeridas para activar el referendo. EFE