Una propuesta concreta

El Proyecto de Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas del Estado, planteado por el contralor, es un mecanismo que apunta a la definición de una estrategia en la lucha contra la corrupción y a la concreción de esta difícil tarea como una verdadera política de Estado.

Se trata de un objetivo orientado a abarcar todos los niveles de autoridad y responsabilidad en las decisiones de gobierno, con la finalidad de establecer un riguroso marco normativo que garantice el buen uso de los recursos públicos, la ejecución de las competencias tal como la Constitución y las leyes lo determinan y la puesta en marcha de mecanismos de auditoría y supervisión permanentes.

El organismo rector de este novedoso y moderno esquema de funcionalidad, la Contraloría General del Estado, ampliaría su capacidad de instrumentación convirtiéndose en un Tribunal de Cuentas integrado por siete miembros, con calidad de ministros auditores y con las facultades propias del titular de la Contraloría.

La fundamentación de esta novedosa y muy significativa iniciativa deriva de una serie de consideraciones, entre las cuales se encuentran: la evaluación de “nudos críticos”, a partir de claras situaciones de dificultad en el ejercicio de la gobernabilidad derivadas de pasajes de cuestionables manejos de los recursos, la revisión de casos en los que se ha utilizado de modo parcializado e interesado la institucionalidad pública, y los resultados obtenidos por la aplicación de líneas similares de procedimientos en otros países de la región y del mundo.

Este sistema de control público debe asegurar los principios de autonomía e independencia, a fin de preservar su actividad frente a cualquier influencia coyuntural o exógena reñida con los intereses nacionales. Por ello, debe delinearse como un organismo eminentemente técnico.

Solo así se podrá asegurar el control y monitoreo de la gestión pública, convirtiendo a esta en una suma de capacidades de los diversos funcionarios, expresada en la vigencia de una transparente gestión de la institucionalidad estatal.