PLENO TCE 2025
El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) es presidido por Ivonne coloma.ARCHIVO

TCE niega recurso electoral de la UNE por el referéndum 2025: ¿Por qué fue negado?

El magisterio impugnó la resolución del CNE que lo inhabilitaba para participar en la campaña electoral

El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ángel Torres, negó el recurso subjetivo contencioso electoral que la Unión Nacional de Educadores (UNE) presentó en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE) en el contexto de la consulta popular y referéndum de 2025.

A inicios de octubre de 2025, el presidente de la UNE, Andrés Quishpe, objeta una resolución del CNE del 29 de septiembre de 2025, mediante la cual se negó su inscripción para participar en la campaña electoral del referéndum.

La UNE alegó que el CNE vulneró su derecho de participación y el derecho a la libertad sindical al no permitir su inscripción para la campaña del referéndum 2025. En su recurso, el magisterio solicitó dejar sin efecto la resolución del CNE y disponer su inscripción para hacer campaña.

TCE negó recurso de la UNE por falta de documentación

De acuerdo con el análisis del juez Torres, al analizar el expediente remitido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) se verificó que la UNE solo presentó copias simples del estatuto de la organización y no presentó documentación imprescindible como la declaración juramentada.

Además, Torres señala en su fallo que la no calificación de una organización social para que participe en una campaña electoral no afecta el derecho a la participación, "toda vez que la determinación de estos requisitos fue de su pleno conocimiento (...)".

En ese sentido, el juez Torres concluyó que no se encontraron méritos para revocar la resolución del CNE y disponer la inscripción de la UNE, como se pretendía. Por ello, resolvió negar el recurso subjetivo contencioso electoral.

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