
El movimiento RETO, de Raúl Chávez, enfrenta posible sanción ante el TCE: ¿Por qué?
El Consejo Nacional Electoral (CNE) conoció y resolvió sobre un informe que involucra al movimiento Renovación Total (RETO)
El movimiento Renovación Total (RETO), presidido por el asambleísta correísta Raúl Chávez, enfrenta una posible sanción del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), tras la verificación del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre el incumplimiento de una de las obligaciones del partido.
Se trata del informe económico-financiero del periodo 2024 que, según conoció y resolvió el CNE, no fue presentado por el movimiento político, incurriendo así en una infracción electoral contemplada en el Código de la Democracia.
Mientras el correísmo intensifica su oposición al Gobierno, el asambleísta Raúl Chávez (RC-RETO) toma distancia y deja abierta una puerta para el diálogo con el oficialismo.
— Diario Expreso (@Expresoec) May 27, 2025
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CNE remitirá el expediente de RETO al TCE para posibles sanciones
De acuerdo con el artículo 331 numeral 14 de la Ley Electoral, utilizar la herramienta tecnológica contable proporcionada por el Consejo Nacional Electoral para el registro de los ingresos y egresos que se realicen tanto en periodo electoral como no electoral es una obligación de los partidos. Asimismo, el artículo 368 dispone que la presentación del informe sea en el plazo de noventa días contados a partir del cierre de cada ejercicio anual.
En ese sentido, ante el incumplimiento del movimiento RETO, el CNE resolvió remitir el expediente a la Dirección de Asesoría Jurídica para que se realicen los trámites correspondientes ante el TCE, lo que implicaría la presentación de una denuncia electoral contra la organización política.

Las sanciones que podría enfrentar Raúl Chávez, del movimiento RETO
Según el artículo 281 del Código de la Democracia, el incumplimiento del movimiento RETO se ajusta al numeral 1, que señala las sanciones para los responsables económicos y las organizaciones políticas a través de su representantes y procuradores comunes en caso de alianzas, que no presenten los informes con las cuentas del partido o movimiento.
Este incumplimiento, según la Ley Electoral, conlleva una multa entre 9.400 y 32.900 dólares (veinte a setenta salarios básicos unificados) y la suspensión de los derechos políticos de 2 a 4 años, sin perjuicio de la sanción relativa a la cancelación de la inscripción de la organización política.
La sanción establecida en la ley incluso señala que las candidatas y los candidatos responderán solidariamente, de manera pecuniaria, de acuerdo al nivel de responsabilidad que se determine en el incumplimiento.
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