Formulario multas viajes
Desde el 29 de julio de 2025, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) implementó la obligatoriedad del Formulario de Registro Aduanero (FRA)Canva

¿Qué sucede si olvido declarar un bien tributario al ingresar a Ecuador?

Todo viajero debe indicar si porta dinero en efectivo, metales, joyas o documentos negociables al portador

Desde el 29 de julio de 2025, todos los viajeros que ingresan o salen de Ecuador deben llenar obligatoriamente el Formulario de Registro Aduanero (FRA) en formato digital, incluso si no llevan dinero en efectivo o bienes tributables. El formulario se completa a través de la plataforma ECUAPASS y debe presentarse con un código QR al momento de cruzar la frontera.

¿Qué se debe declarar?

Se deben registrar bienes como tecnología de alto valor, joyas, obras de arte, o dinero en efectivo que supere los $ 10 000. La medida busca evitar el ingreso de productos que deban pagar impuestos y fortalecer el control aduanero. Declarar es obligatorio, no opcional.

Senae ha dispuesto nuevas medidas a los pasajeros.

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Multas y sanciones por omisión

Si no se declara un bien obligatorio, el viajero puede recibir una multa del 30 % del valor omitido. Además, los bienes pueden ser retenidos temporal o definitivamente. Si se detecta intención de ocultamiento, se puede iniciar un proceso penal por contrabando, con penas de hasta cinco años de prisión y multas mucho mayores.

Recomendaciones para evitar problemas

Se recomienda llenar el FRA con anticipación (hasta 3 días antes del viaje), declarar cualquier objeto de valor, y conservar las facturas como respaldo. No declarar puede derivar en sanciones graves, revisiones frecuentes en futuros viajes e incluso procesos judiciales.

Olvidar declarar un bien tributario al entrar a Ecuador puede salir caro: multas, retención de objetos y hasta detención. 

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