Los profesionales, que ayudarán en la labor de la Superintendencia de Compañías, serán vigilados

Auditores, mas policias para las cuentas

La policía de las cuentas ha incorporado un nuevo ejército. O lo que es lo mismo, la Superintendencia de Compañías emitió el 11 de noviembre un reglamento para ampliar el número de empresas que deben someterse a auditoría externa.

En contexto

Un nuevo reglamento amplía el control a 5.700 empresas más, al bajar el techo de activos a $ 500.000.

Los profesionales, que ayudarán en la labor de la Superintendencia de Compañías, serán vigilados.

Aumentarán los costos de las empresas y los auditores no podrán ser asesores del mismo cliente.

La policía de las cuentas ha incorporado un nuevo ejército. O lo que es lo mismo, la Superintendencia de Compañías emitió el 11 de noviembre un reglamento para ampliar el número de empresas que deben someterse a auditoría externa. Ya no basta con el balance financiero que se presenta al ente de control cada año, sino que deberán contratar los servicios de un auditor externo.

Esta obligación correspondía hasta ahora a las compañías que declaraban a final de año activos por un millón de dólares. Desde 2016, se rebaja ese techo y también las que tengan activos por 500.000 dólares deberán mejorar su revisión de las cuentas. Eso son 5.750 empresas más que se suman a las 7.800 que ya se sometían a este tipo de control. Y con ello, se abarca a las empresas que representan casi la totalidad de los activos del país.

El director de AuditCorporate, John Hidalgo, y su colega Carlos Espinoza, desmenuzaron para EXPRESO las novedades de la reglamentación. En opinión de Espinoza, al ampliar el universo de empresas auditadas se ayudará a depurar el catastro societario, en el sentido de que será más difícil que haya empresas de papel operando. Pone como ejemplo una compañía a la que se le adjudican un inmueble y dos vehículos que, fácilmente, pueden sumar 500.000 dólares como activos y que, en realidad, no tienen ninguna actividad o no opera de acuerdo a su objeto social. Al rebajarse el techo del control, es más fácil detectar este tipo de prácticas.

Los auditores, siguiendo el ejemplo, presentarán un informe en el que conste la escasa documentación, facturas u operaciones. Y ahí entrará la Superintendencia de Compañías.

Es por eso que el nuevo reglamento, como explica el intendente de Compañías de Guayaquil, Víctor Anchundia, en entrevista, incorpora a los profesionales de auditoría como un brazo externo de las autoridades con el fin de ampliar la cobertura de control. “Son 70.000 compañías versus el número de funcionarios de la Superintendencia. Así, no podemos ejercer un control pormenorizado”, justifica el cambio de normativa.

La nueva disposición crea una nueva demanda que será aprovechada por las empresas de auditoría, que ampliarán su cartera de clientes. Pero al mismo tiempo, los profesionales de la revisión de cuentas estarán sometidos a mayor inspección y a nuevos límites en su actividad. La restricción para asesorar a los clientes auditados, que ya estaba en la regulación societaria, será más firme.

En la multinacional PwC, ya tenían muy claro esta separación de funciones porque es tendencia en las normas internacionales. Pero el nuevo reglamento no es tan explícito a la hora de definir qué se puede hacer y qué no, según el socio director de la filial en Guayaquil, César Ortiz. “Es obvio que quien da un servicio de contabilidad a una empresa, no puede ser el mismo que audita las cuentas, pero no todos los servicios que prestamos deberían entrar en la categoría de asesoría”, explica. “Si no tomo decisiones, por ejemplo, al dar una opinión sobre un asunto, no debería ser incompatible”, razona Ortiz, asegurando que en otros países la normativa es más específica.

Eso obligará a las empresas a buscar asesoría en otros profesionales. Es decir, doble gasto. Un impacto que deberán asumir las que ya estaban obligadas a la auditoría externa y, ahora también, las nuevas incorporadas. Estas deberán prever en sus presupuestos el costo de la auditoría y, en su caso, de la asesoría.

Ese rubro dependerá, según los profesionales que prestan el servicio, del tipo de empresa, de la actividad a la que se dediquen y del volumen de operaciones. El honorario del auditor se aplica al número de horas que debe dedicar para revisar cada documento, incluido factura por factura.

Según el intendente Anchundia, al aumentar la demanda, los honorarios se modularán y, en cualquier caso, estima que este servicio ronda entre los 6.000 y 12.000, aproximadamente, aunque es algo que se fija libremente por contrato. El socio director de PwC apunta que en caso de multinacionales, bancos o instituciones públicas, con gran movimiento, el monto puede alcanzar los 500.000 dólares.

Además, el nuevo reglamento impone un límite temporal de cinco años con la misma auditora. Antes, solo aplicaba para las empresas que se rigen bajo el mercado de valores.

Auditoría

La auditoría externa es un examen de los estados financieros por parte de un profesional totalmente ajeno a la empresa, con el fin de que emita una opinión sobre la razonabilidad de la situación, teniendo en cuenta las normas de auditoría aceptadas, según recoge el reglamento de la Superintendencia de Compañías, publicado el 11 de noviembre en el Registro Oficial.

Profesional

Los auditores que revisen las cuentas de las compañías obligadas a someterse a este tipo de control deberán constar en el Registro Nacional de Auditores Externos, con calificación vigente de la Superintendencia de Compañías. Deberán renovar esta acreditación cada tres años y para ello añadirá un listado de las empresas que ha auditado.

Formación

Deberá tener un título de tercer nivel de auditor, contador público, economista, ingeniero comercial o ingeniero en contabilidad y auditoría, debidamente registrado en el Senescyt. Si es una persona jurídica, el administrador de la misma y dos personas más que consten en la nómina deben tener los mismos títulos.

Requisitos

Presentará un documento que valide su experiencia de al menos tres años cumpliendo labores como auditor externo de compañías, ya sea directamente o como parte del personal de una empresa auditora. Además, entregará copia del título de propiedad o arrendamiento de la oficina donde ejercerá y la declaración de no estar inhablitado para ser auditor.

Impedimento

No podrán ejercer las personas, naturales o jurídicas, no domiciliadas en el país, que estén en mora con el Estado o bancos privados, con sentencia como responsable de irregularidades en administración de empresas, con cuentas bancarias sancionadas, los culpables de delitos o si le fue retirada la calificación de auditor.

Revisión

Deberá examinar, conforme a las normas internacionales y locales, y con diligencia, las operaciones que constan en la contabilidad y estados financieros de la empresa auditada. Evaluar los sistemas de control interno y contable, usar técnicas y procedimientos de auditorías recogidos en las NIIF de forma que sea confiable y contar con un equipo calificado y sin conflicto de intereses.

Comunicación

Además de elaborar un informe en cumplimiento del contrato (escrito), informará a la autoridad de irregularidades o presuntos fraudes, verificará si se cumplen las normas antilavado de activos, comunicará si la compañía no cumple con los reportes obligatorios a las autoridades societarias, de seguros, de mercado de valores, entregará su informe a la Junta General y después a la Supercías y custodiará la documentación durante siete años.

Prohibición

No podrán ser auditores externos de una empresa las personas que estén en sus órganos de Administración, ni los socios o accionistas. Tampoco podrán ejercer los empleados, asesores o consultores ni los contadores de la compañía. Está prohibida esta labor para los cónyuges o dependientes de los administradores y a los parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Las relaciones inapropiadas se pagan

Sanción para ellos y para la empresa auditora. En septiembre, las autoridades de EE. UU. sancionaron a la multinacional Ernst & Young a pagar una multa de $ 9,3 millones por las “relaciones inapropiadas” que dos de sus profesionales habían mantenido con sus clientes. Uno desarrolló una amistad tan estrecha con la directora financiera de la compañía a la que revisaba que, juntos, gastaron $ 100.000 en ocio. La otra, se implicó sentimentalmente con un ejecutivo financiero de un fondo de inversión auditado por la multinacional. Los profesionales recibieron también una multa e inhabilitación temporal. “EY no hizo lo suficiente por detectar o prevenir que estos socios se implicasen en exceso con sus clientes y por tanto comprometieran sus roles de auditores independientes”, consideraron los entes de control.

Las ventajas

1. Más control de cuentas

Tanto para las empresas como para las autoridades, ampliar el control sobre las operaciones significa tener una visión real del desempeño económico.

2. Más clientes de auditoría

Los profesionales de servicios de auditoría verán aumentar su cartera de clientes y la Superintendencia de Compañías aprovechará sus recursos.

Los inconvenientes

1. Más costos a la empresa

Compañías con 500.000 dólares en activos tendrán que incorporar a su presupuesto el costo de la auditoría externa, que varía según la documentación.

2. Fecha para la aplicación

Las empresas no tienen claro a partir de qué año deben comenzar a rendir cuentas a la Superintendencia de Compañías: si en 2017 o 2018.

3. Adiós a la asesoría

Los auditores no podrán emitir opiniones o resolver dudas a sus clientes de auditoría. Eso restringe, dicen, labores que no atacan la independencia.

Víctor Anchundia

“En 2018 presentarán los informes auditados del ejercicio 2017”

- Hay mucha confusión sobre cuándo deben cumplir las nuevas obligadas con la auditoría.

- El ánimo de la emisión del reglamento es bajar el techo de las compañías que están obligadas a presentar estados financieros auditados, pero no hacer las cosas de forma precipitada. Deberá entenderse que corresponde al ejercicio económico auditado de 2017. Como ejemplo: al 31 de diciembre de 2016, las compañías que registren activos superiores a 500.000 dólares ya sabrán que en el siguiente ejercicio económico de 2017, por el mes de septiembre, deberán contratar la auditoría externa para que en el ejercicio económico del 2018 presenten auditados los informes financieros del ejercicio económico 2017.

- ¿Por qué se ha ampliado el número de empresas obligadas? ¿No había suficiente control?

- Son 5.750 más. Entendamos que al año, unas 70.000 empresas presentan balances financieros y toda esa información es la que llega a la Superintendencia de Compañías. Son 70.000 compañías versus el número de funcionarios que tenemos. Así, no podemos ejercer un control pormenorizado de todas las compañías. ¿Quién es nuestro brazo externo para ejercer ese control? Los auditores externos se convierten en nuestros socios, en nuestros aliados en ese control. Al bajar el techo de los activos, estamos ampliando el campo de cobertura. Se incrementa nuestro ejército de auditores.

- ¿Habrá que ampliar el número de auditores?

- Son bastantes. Son suficientes y al menos, son más que los funcionarios que hay en la Superintendencia.

- ¿Y quién controla al auditor?

- La institución (Supercías) pretende hacer una cambio integral, a futuro, a la ley de compañías en donde reconsideremos algunos de estos personajes de control, como el comisario, y que sus espacios vayan a ser ocupados por los auditores externos. Deberá ir cobrando más importancia y, a la vez, vamos a ser más celosos en el control de los auditores externos. Al controlar a los auditores externos, multiplicamos el control a las compañías. Si antes tal vez no lo hacíamos, ahora vamos a ser aún más celosos. Hemos terminado este ejercicio económico, haciendo muchas inspecciones a los auditores.

- ¿Por eso la ley hace hincapié en la independencia y restringe cualquier labor de asesor?

- Es que no lo podían hacer. Si la función del auditor era controlar, mal podía estar asesorando. Esa prohibición ha existido siempre en la normativa. Ahora se va a vigilar con más celo. No solo que no tenga conflicto de intereses, sino que cumpla con las obligaciones mínimas que siempre ha tenido la ley. Buscamos que los auditores sean especializados en la materia, sean independientes en los informes y que cuenten con los papeles de trabajo. Si usted me pregunta cuál ha sido la falencia que hemos encontrado en este ejercicio, es que pocos tienen los papeles de trabajo. ¿Si no tengo los papeles de trabajo, cómo pude haber hecho un informe de auditoría?