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Diario Expreso Ecuador

Priscila Falconí: El vacío legal del poder conyugal

Este modelo de participación informal replica la lógica del trabajo doméstico no remunerado

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En Ecuador, el título de ‘primera dama’ es una cortesía protocolar, no un cargo legal. No existe decreto ni ley que lo cree o regule. Aun así, históricamente, muchas esposas de presidentes han liderado causas sociales, ejercido funciones públicas y gestionado presupuesto estatal. Costumbre funcional, no institución.

En 2007, Rafael Correa decidió no delegar ese rol a su esposa, criticando su carga sexista y falta de legitimidad democrática. Rocío González lo retomó en el gobierno de Lenín Moreno, y hoy Lavinia Valbonesi -a quien valoro y reconozco por su compromiso, energía y carisma- lo ha potenciado desde su plataforma digital, siendo figura clave en el impulso del presidente-candidato.

Participa en iniciativas sociales, se reúne con autoridades nacionales e internacionales y representa al país en espacios relevantes; elige trabajar. Además, accede a seguridad, logística estatal, cobertura mediática, personal institucional y un nivel de exposición que solo el poder político puede ofrecer. Y es que la posición brinda una plataforma única para lo que se decida explotar.

Este modelo de participación informal replica la lógica del trabajo doméstico no remunerado: se espera que la esposa del presidente acompañe, cuide, contribuya, ‘sirva al país’ sin sueldo, perpetuando estereotipos y naturalizando el trabajo femenino gratuito al más alto nivel de representación.

Si la pareja presidencial-dama o caballero- que accede al poder por la vía conyugal decide asumir funciones públicas por sobre aspiraciones propias, lo más transparente sería establecer un marco normativo: crear el cargo, definir responsabilidades, exigir rendición de cuentas y asignar una remuneración acorde. Es un tema de democracia, transparencia e igualdad. No es aceptable participar en la gestión pública sin reglas.

El poder simbólico también es poder real. Por eso, si Ecuador quiere una primera dama -o un primer caballero- involucrado en lo público, debe asumir el costo institucional de hacerlo bien: con ley, funciones claras, compensación económica y fiscalización. En democracia, el poder sin regulación no es tradición: es privilegio disfrazado de cortesía.

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