Cartas de lectores | Ortotanasia, sí; eutanasia, no
Este juramento o declaración no permite la eutanasia activa o pasiva
Es lo que nuestro Código de Ética y la Declaración o Juramento de Ginebra nos permite a los médicos ecuatorianos, pues así reza en su parte más importante dicha declaración: “Velar con el máximo respeto por la vida humana”, a más de “promover el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica”. Lo que nos está permitido por normas y códigos es la ortotanasia (‘orto’: cierto, y ‘thanatos’: muerte), que significa muerte apropiada, en el tiempo cierto. Consiste en la no utilización de procedimientos innecesarios e inhumanos con el fin de superar el proceso natural, que implicaría un aumento de sufrimiento, siempre y cuando se cuente con la voluntad expresa más el consentimiento informado del paciente o de los familiares de pacientes en estado de inconsciencia, que no pueden decidir ‘per se’; asegurando también cuidados paliativos que alivien el dolor y sufrimiento del enfermo. Este juramento o declaración no permite la eutanasia activa o pasiva, tampoco el suicidio asistido, quedando también la distanasia como una opción poco ética y no recomendable. Todos estos conceptos y definiciones, a propósito de lo que discute la Corte Constitucional sobre la eutanasia en Ecuador, cuya resolución esperemos no viole estos principios y normas internacionales que hacen relación al buen ejercicio profesional; peor aún, a la objeción de conciencia de los médicos.
Francisco Plaza Bohórquez