
Instruccion militar ilegal se castiga con prision
El entrenamiento militar sin permiso de la autoridad competente está prohibido por la Constitución y las leyes ecuatorianas.
El entrenamiento militar sin permiso de la autoridad competente está prohibido por la Constitución y las leyes ecuatorianas.
El artículo 350 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece las sanciones de la instrucción militar ilegal, lo expresa claramente: “La persona que imparta o reciba instrucción militar sin permiso de la autoridad competente será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años”.
Tres juristas, Rafael Oyarte Martínez, Tito Quintero y Jaime Damerval Martínez, explican el marco jurídico ecuatoriano sobre este ámbito, hoy en la palestra pública y en investigación militar y judicial por al menos cuatro vídeos que muestran que dos miembros activos del Ejército, plenamente identificados y que enfrentan procesos administrativos, entrenaron a militantes de Alianza PAIS en Quito.
Oyarte, un magíster en Derecho Público, profesor de posgrado de la Universidad Espíritu Santo, dice que el hecho de entrenar ilegalmente a civiles puede conducir a una desestabilización institucional, e incluso atentar contra la seguridad del Estado y de las personas.
Según él, esas son las razones de que la instrucción militar ilegal sea considerada un delito castigado con cárcel. Y precisa, la ley es clara porque no solo castiga al instructor, sino también a quien recibe el entrenamiento, porque existe el riesgo de que esas personas lo utilicen, incluso, para atentar contra el Estado ecuatoriano.
Jaime Damerval Martínez, penalista, exministro de Gobierno, dice que lo raro del entrenamiento que se investiga, es que se haya burlado una ley para beneficio de una minoría: la militancia del grupo político Alianza PAIS.
¿Son los soldados responsables de este delito? “En el aspecto legal lo son”, dice, pero qué sucederá si dentro de la investigación se descubre que ellos cumplieron una orden superior, no necesariamente del ministro de Defensa. Ellos van a tener que decir lo que pasó”.
Además de los militares, añade, hay que investigar quién es el actor intelectual del delito. “Hay una mujer comprometida, Carla Delgado, que debe ser investigada, porque “nadie le cree el cuento del pícnic”.
La investigación debe alcanzar a todos los presentes en los entrenamientos, dice Damerval. Pero en este aspecto hay que analizar, dice el jurista Tito Quintero Rodríguez, catedrático de la Universidad Ecotec, que el entrenamiento no haya sido forzado y que los participantes hayan dado su consentimiento. “Hay que ver si se ha configurado o no un delito. Todavía hay muchos elementos que analizar”, agrega.