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El acoso laboral se enraíza en Ecuador ante la falta de políticas eficaces

En este año, el Ministerio del Trabajo ha receptado 251 denuncias por acoso laboral. Según expertos, las víctimas prefieren no denunciar por temor a represalias o por falta de acciones en las empresas. Revisa un testimonio y una guía legal y psicológica por si estás pasando por esta situación:

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Referencial.Madelayne Lynch

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), 65 de cada 100 mujeres ha sufrido algún tipo de violencia a lo largo de su vida; esto incluye diversas formas de violencia como la física,  la sexual y la psicológica suscitadas en diferentes entornos como el familiar, el social y el laboral.

En este último, en lo que va del año 2021, el Ministerio del Trabajo ha receptado y atendido 251 denuncias por acoso laboral. Las direcciones regionales de Quito y Guayaquil son los departamentos con mayor incidencia de casos con 95 y 96 denuncias por acoso laboral o discriminación, respectivamente.

UN CASO

Mariela (nombre protegido) tiene 24 años y durante 2 de ellos se vio obligada a soportar situaciones, comentarios y otros momentos incómodos en la que era su área de trabajo.

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“A las 2 semanas empezó todo lo raro (con su jefe). Me insinuaba (…) me mostraba cuáles eran las chicas que le gustaban y con eso empezó”, comenta Mariela.

Estudió Contabilidad y Auditoría, y por motivos de prácticas profesionales acudió a una propuesta de trabajo que encontró en una plataforma digital. Tras la entrevista fue contratada para un periodo de prueba y posteriormente ingresó a la empresa con los beneficios de ley. Sus funciones consistían en realizar informes de auditoría y otras actividades relacionadas a su puesto como asistente administrativa.

Esto no era a lo único a lo que Mariela debía enfrentarse, pues para su sorpresa su jefe empezaba a mostrar cierto interés en ella. Al inicio pensó que la finalidad de su superior era sólo generar un poco más de confianza sin pasar los límites, pero pronto se percató que sus preguntas y comentarios eran más "pasados de tono".

Cada viernes cuando su jornada estaba por terminar este le asignaba nuevas funciones que requerían invertir horas extras de trabajo las cuales coincidían justo en el día en el que ella podía verse con su pareja. Él lo sabía.

Mariela indica que tuvo que soportar comentarios obscenos sobre su intimidad y su ropa, que le ofrecieran dinero por fotos en lencería, entre otras acciones. Lo aguantó porque necesitaba el trabajo y la experiencia para su carrera, y aunque buscaba otras opciones ninguna se hacía posible.

Usted debería conseguirse a alguien que la cuide, yo sí le daría todo el dinero que usted necesitara.

una de las frases que Mariela escuchaba constantemente de su jefe

Explica que hubo dos eventos que la orillaron a desistir de ese trabajo: el primero, su jefe instaló una cámara frente a su escritorio para controlar sus acciones e incluso las veces que iba al baño o el tiempo que tardaba en el mismo: “por qué tarda tanto en el baño, si se está haciendo otras cosas déjelas para la noche”, le insistía.

El segundo evento que considera el más fuerte fue cuando su jefe sustrajo contenido íntimo de la computadora personal de una chica que trabajaba junto a ella y este le llamó para mostrárselo.

Como esas situaciones Mariela pasó muchas otras como cuando al acudir a una reunión con un socio de su jefe este intentó sobrepasarse y al comentárselo a su superior sus acciones fueron ‘disculparse’ y enviarla a casa.

DESDE LA PSICOLOGÍA

El psicólogo Líder Tutivén puntualiza en que se debe diferenciar el acoso laboral, pues en este -enfocado en el hostigamiento- el agresor busca desestabilizar a la víctima y las razones pueden ser varias como sus capacidades y habilidades, su perfil ético y moral, el hecho de ser una persona sobresaliente u otros y el agresor quiere eso. Mientras que en el acoso sexual dentro del ámbito laboral, el agresor quiere un ‘beneficio’ que generalmente es el sexo interpretado desde la sexualidad.

En ambas situaciones, el especialista comenta que existe un factor complejo que juega un papel importante y es ‘el grado de dependencia/independencia’ que podría definirse por la mayor o menor necesidad que una persona tiene de otra. Por ejemplo, cuando un individuo depende de su superior, empleador o jefe por el recurso económico-laboral y a esto se le suman otros factores externos.

Hablando de los protocolos de las organizaciones, empresas o instituciones, el psicólogo manifiesta que estas deben tener claro la situación, cómo opera o cómo se da para romper el circuito. Las empresas son las llamadas a aplicar las normativas y las consecuencias, sin embargo al no hacerlo o gestionar de forma errónea la situación se agrava debido a que el agresor podría tomar dicho accionar como un respaldo por parte de la institución.

“La presunta víctima muchas veces lo expone, lo expresa ante las autoridades; pero en ocasiones las autoridades o quienes son responsables de esto no intervienen pertinentemente. En cuanto no intervenimos adecuadamente, una dificultad es un problema, y hay un problema muy grave porque la presunta víctima si no tiene los recursos necesarios para solicitar debidamente ayuda, puede afectar su estado psicosomático hasta atentar contra su propia vida”.

Menciona, además, que las secuelas psicológicas que puede tener una persona que haya sufrido de acoso laboral son superadas, pero la facilidad o dificultad con la que se llegue a dicha superación dependerá de la recursividad y predisposición- enmarcado en el grado de dependencia- que tenga la víctima.

DESDE EL ENFOQUE  LEGAL

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Alfonso Castro, abogado, indica que antes de las últimas reformas realizadas al Código del Trabajo, no se mencionaba una definición de acoso laboral, sin embargo, en la actualidad y bajo el concepto legal, esta situación debe entenderse como “todo comportamiento atentatorio a la dignidad de la persona, ejercido de forma reiterada y potencialmente lesivo cometido en el lugar de trabajo o en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, que tengan como resultado para la persona afectada menoscabo, maltrato, humillación o que amenace o perjudique su relación laboral”.

¿QUÉ HACER SI ERES VÍCTIMA?

Una persona que sufre de acoso laboral podrá denunciar la situación en dos instancias. Primero, la administrativa ante el inspector de trabajo, como lo detallan los artículos 172 y 173 del Código del Trabajo.

El 172 detalla que "por el cometimiento de acoso laboral, ya sea de manera individual o coordinada con otros individuos, hacia un compañero o compañera de trabajo, hacia el empleador o empleadora o hacia un subordinado o subordinada en la empresa".

Mientras que el 173, numeral 4, señala: "En casos de sufrir acoso laboral, cometido o permitido por acción u omisión por el empleador o empleadora o sus representantes legales".

Y segundo, la instancia judicial, traducida en la presentación de una demanda ante el juez de trabajo por indemnizaciones por acoso laboral.

En caso de que el trabajador pruebe la existencia de acoso laboral o la permisividad del hecho por parte del empleador, este último deberá pagar una indemnización que consta del pago de las remuneraciones pendientes con el 10% de recargo. Sin embargo, si el trabajador decide no continuar en el trabajo, la indemnización corresponderá a un año de remuneración en base al sueldo que venía percibiendo.

El jurista hace hincapié en que muchas de las denuncias son desestimadas ante la autoridad competente debido a la carga de la prueba, misma que le corresponde a la parte que sostiene los hechos afirmativos. Es decir, si la presunta víctima alega que sufrió acoso laboral deberá presentar pruebas que fundamenten y hagan valedera dicha afirmación.

¿DÓNDE IR SI NO HAY DINERO PARA EL ABOGADO?

Si una persona no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado, tiene la opción de ir a la Defensoría Pública, al Palacio de Justicia o al Complejo Judicial de la Florida. Puede asesorarse con un defensor público y ellos podrán asistirla, y decir lo más conveniente para su caso. 

Lo peor que pueden hacer en estos casos es quedarse cruzados de brazos.

Abg. Alfonso Castro

El abogado comenta que la única forma en la que una víctima puede protegerse es poniendo la denuncia a la brevedad.

Considera que debería incorporarse la obligatoriedad de los talleres de socialización referentes al acoso laboral, asimismo los programas de prevención psicosocial para la erradicación de la discriminación en el ámbito laboral y, a su vez, capacitar a las entidades públicas y privadas para desarrollar acciones referentes al acoso laboral y a la protección de sus empleados.