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Diario Expreso Ecuador

SuperCías: exceso de liquidaciones en pocas manos demora el pago a los acreedores

Abogados societarios analizan el sistema de designación. Advierten riesgos de sobrecarga. Proponen más control y transparencia en los procesos societarios

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros tiene bajo su competencia los procesos de liquidación empresarial.

La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros tiene bajo su competencia los procesos de liquidación empresarial.Imagen generada con IA

Flor Layedra
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Lo que debes saber

  • 501 liquidaciones están concentradas en 21 profesionales.
  • Expertos advierten riesgos por la acumulación de procesos complejos.
  • Los especialistas plantean transparentar y modernizar las designaciones.

Que 501 liquidaciones empresariales estén concentradas en apenas 21 liquidadores genera cuestionamientos entre especialistas en Derecho Societario. Para los expertos consultados por EXPRESO, el dato obliga a revisar cómo se realizan las designaciones, qué controles existen sobre su gestión y si la carga asignada permite atender cada proceso con la diligencia requerida.

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Una concentración que genera dudas

La cifra plantea dudas sobre la capacidad real de quienes acumulan numerosos encargos, opina Oswaldo Santos, abogado societario y docente de la Universidad San Francisco de Quito. El jurista considera que una concentración de esta magnitud debería llevar a examinar las razones por las que determinados profesionales reciben tantos nombramientos.

“Se necesitaría más información porque depende mucho de cuál sea la calidad del liquidador y el motivo por el que se le designa”, señala el abogado Santos. A su criterio, si los profesionales fueran los más experimentados y eficientes, podría existir una explicación, aunque advierte que tener docenas de compañías bajo responsabilidad vuelve difícil garantizar una gestión adecuada.

Franklin Lituma, abogado especializado en Derecho Societario, indica que una empresa sin pasivos, trabajadores o litigios puede ser manejada paralelamente con otras sin que necesariamente exista una afectación. Sin embargo, sostiene que asumir más de cinco a diez liquidaciones complejas incrementa de forma considerable el riesgo de incumplir plazos, atender requerimientos de la Superintendencia o responder oportunamente a obligaciones tributarias o legales.

Mientras mayor sea la carga, menos lo va a poder hacer de forma eficiente. No basta con saber cuántas liquidaciones tiene la persona, hay que saber qué está haciendo.Oswaldo Santos, abogado societario

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El foco está en las designaciones

Efraín Chávez, abogado y especialista en Derecho Societario y Liquidaciones Empresariales, lleva el análisis hacia el mecanismo mediante el cual se escoge a los encargados. “El debate no debería centrarse exclusivamente en cuántas empresas tiene cada liquidador”, sostiene, porque la discusión principal debería ser qué sistema utiliza el Estado para seleccionar a quien asumirá la administración de una compañía en liquidación.

Chávez cuestiona que, según su experiencia, la selección no tenga características similares a las existentes para los peritos judiciales. Mientras para estos últimos existen requisitos de experiencia, especialización, transparencia y un mecanismo de sorteo, el jurista sostiene que para los liquidadores debería existir un esquema que permita conocer y verificar cómo se distribuyen las designaciones.

El especialista considera que la ausencia de un mecanismo electrónico de asignación dificulta determinar si los nombramientos responden a criterios objetivos. “No hay un sistema informático para eso”, afirma, y agrega que tampoco existe suficiente trazabilidad para conocer cuántas compañías tiene cada profesional, desde cuándo las administra y cómo avanzan sus respectivos procesos.

Santos también considera necesario profundizar en las razones que explican la concentración de liquidaciones evidenciada por EXPRESO en una serie de reportajes. “Eso sí invitaría a hacer un análisis sobre las razones por las que se escogió a este liquidador en particular”, sostiene, especialmente cuando uno de los profesionales acumula 72 compañías en proceso de cierre.

A los liquidadores, siendo representantes legales de las compañías, no los pueden citar porque no saben cuál es su domicilio. Se requiere de un listado con sus ubicaciones.Efraín Chávez, abogado societario

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Los procesos complejos pueden quedar rezagados

La carga excesiva, según los entrevistados, puede traducirse en una atención desigual de los expedientes. “Las compañías donde hay activos donde se pueda convertir en dinero rápido, esas liquidaciones caminan”, afirma Chávez. En cambio, agrega, “donde hay que presentar demandas, donde hay que contestar demandas o cosas así duermen el sueño de los justos 2, 3 años”.

Esa demora tiene consecuencias directas para trabajadores, acreedores y accionistas que esperan el cierre de la compañía. Santos recuerda que la liquidación debe ser un procedimiento expedito.

Lituma advierte que una cartera de 72 entidades aumenta el riesgo de que el liquidador no atienda a tiempo procesos judiciales y tenga que responder por negligencia o rebeldía procesal. Por ello, considera urgente depurar las sociedades para evitar que permanezcan en un limbo jurídico que sobrecarga los sistemas de la Superintendencia de Compañías, el Servicio de Rentas Internas y los registros mercantiles.

Existen vías legales para impugnar al liquidador de la SuperCías: por sede administrativa o a través de una acción contenciosa-administrativa o vía societaria directa.Franklin Lituma, abogado societario

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Más control y transparencia

Ante esto, los especialistas ven la necesidad de profesionalizar y transparentar el sistema de designaciones. Chávez propone un registro nacional de liquidadores que incluya hoja de vida, experiencia, especialidades y estado de habilitación, además de un mecanismo electrónico de asignación.

Información.

El portal de la SuperCías debería transparentar la carga de trabajo de liquidadores e interventores, así como el avance y estado de cada proceso.
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