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Diario Expreso Ecuador

elecciones 2026

CPCCS: estos son los requisitos y cambios para integrar el Consejo de Participación

El Consejo Nacional Electoral aprobó el instructivo que regula las veedurías y las postulaciones para integrar el Consejo de Participación Ciudadana

El Consejo de Participación Ciudadana se conforma por siete vocales principales y siete suplentes.

El Consejo de Participación Ciudadana se conforma por siete vocales principales y siete suplentes.Foto: Karina Defas/ Expreso

Daniel Alejandro Romero Páez

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En las seccionales de 2026 también se elegirán a los siete vocales principales y siete suplentes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. En ese marco, el Consejo Nacional Electoral aprobó un instructivo con cambios en el proceso de postulación, entre los que consta la conformación de una veeduría que revisará los requisitos.

El jueves 30 de abril de 2026, en el inicio del feriado extendido por el Día del Trabajador, el organismo electoral hará la convocatoria para la conformación de dicha veeduría. Así, desde el 4 de mayo, el CNE receptará las solicitudes de inscripción.

¿Cuál es la importancia de esa veeduría?

Este espacio será clave, ya que ahí se verificará el cumplimiento de los requisitos por parte de los postulantes al CPCCS. Para postular como veedor se exigirán los siguientes requisitos:

  • Ser de nacionalidad ecuatoriana;Estar en goce de los derechos políticos y de participación;
  • Contar con amplia experiencia en participación ciudadana;
  • Estar previamente organizados en un grupo de mínimo tres personas: por sus propios derechos, en el caso de personas naturales; o, como delegados de una organización social legalmente reconocida o de instituciones del Sistema de Educación Superior.

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Sobre los cambios para los aspirantes al CPCCS, entre el 12 y el 25 de junio de 2026, el CNE receptará las inscripciones. Para esa finalidad, el nuevo instructivo determina requisitos e inhabilidades. Un candidato al CPCCS deberá:

  • Ser ecuatoriano;
  • Estar en goce de los derechos políticos y de participación;
  • Haber cumplido 18 años de edad al momento de presentar la postulación;
  • Acreditar probidad notoria, reconocida por el manejo adecuado y transparente de fondos públicos, para quienes los hayan administrado; desempeño eficiente en la función privada y/o pública, así como diligencia y responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones;
  • Acreditar trayectoria en organizaciones sociales, en participación ciudadana, en lucha contra la corrupción o reconocido prestigio que evidencie compromiso cívico y defensa del interés general; y
  • Poseer título de tercer nivel legalmente registrado en el sistema de educación superior.

El proceso se desarrolla en medio de un posible cambio en el CPCCS

Está en marcha una consulta para que los ciudadanos se pronuncien sobre el futuro del organismo, en particular sobre su facultad de designar autoridades de control. El presidente Daniel Noboa impulsa la pregunta con la que se propone trasladar esa competencia a la Asamblea Nacional.

Independientemente de si esa propuesta se aprueba o no en la consulta popular, el CPCCS se mantendrá vigente, por lo que su conformación mediante vocales elegidos por votación popular sigue siendo obligatoria, conforme lo establece la normativa.

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