Columnas

Más compradores para Pacífico

Eso es común cuando se cotiza en bolsa. Se abre el abanico de compradores

Cualquier discusión sobre la legalidad de la venta del Banco del Pacífico está zanjada. Los discursos en contra son vocinglería pura y dura. Por ley publicada el 3 de mayo de 2021 (antes de que se posesione el actual régimen) se estableció que “Las entidades financieras públicas [como la CFN] que sean titulares de acciones de entidades financieras privadas [como el Pacífico] podrán venderlas respetando siempre los principios de transparencia, igualdad y libre concurrencia, a través de bolsa de valores, incluso con la participación de intermediarios de valores autorizados. El proceso de venta garantizará el interés público y observará las normas de calificación de idoneidad, responsabilidad y solvencia para los adquirientes de dichas acciones” (nueva Disposición General 24ª del Código Monetario y Financiero).

Así que, en lugar de perder el tiempo intentando torpedear el proceso, los críticos debieran concentrar sus esfuerzos en observar que se respete las condiciones exigidas por la ley para la venta (“transparencia, igualdad y libre concurrencia, a través de bolsa de valores”).

A propósito de esto, si bien no óptima, hay una buena noticia. La recientísima reforma al art. 169 del Código Monetario, del pasado 29 de noviembre, flexibilizó la absurda restricción constitucional para que el “principal” accionista de un banco local tenga otros negocios en el país. Desde la ley antimonopolios, de 2011, esa restricción se aplicaba torpemente a quien tuviese el 6 % o más de un banco (pues neciamente se definió como “principal” a quien contaba con ese porcentaje, pese a que en la realidad pudiese ser minoritario hostil). Hoy esa definición cambió. Se considera “principal” a quien tenga el 25 % o más.

Es buena noticia porque ciertos bancos regionales (de Perú, México, Colombia o Chile), cuyos controladores ya tienen otros negocios no bancarios en Ecuador, pudieran no estar dentro de la restricción local si es que (esos controladores) no tienen más del 25 % del respectivo banco. Eso es común cuando se cotiza en bolsa. Se abre el abanico de compradores.