
Toque de queda en Ecuador: Lista de sectores exentos y cómo circular legalmente
El Decreto Ejecutivo 329 suspende la libertad de tránsito de 23:00 a 05:00 en 4 provincias del país. Conozca los detalles
Este viernes 13 de marzo, el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo No. 329, mediante el cual se establece la suspensión del derecho a la libertad de tránsito en determinadas provincias del país, como parte de la renovación del estado de excepción. La medida tiene carácter temporal y busca regular la movilidad en horarios específicos, garantizando la intervención de las autoridades competentes en cumplimiento de la ley.
Según lo dispuesto en el decreto, la restricción se aplicará entre las 23:00 y las 05:00, a partir del 15 de marzo de 2026, hasta la finalización de la renovación del estado de excepción prevista por el Decreto Ejecutivo 311.
- Según el Decreto Ejecutivo 329, la medida entra en vigencia desde las 00:00 del 15 de marzo de 2026 y se mantendrá hasta la finalización de la renovación del estado de excepción del Decreto Ejecutivo 311, que está prevista para el 30 de marzo de 2026.
Qué establece la medida
El Decreto Ejecutivo 329 modifica el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 277 y establece la suspensión del derecho a la libertad de tránsito en las provincias mencionadas, como parte de la estrategia para atender la grave conmoción interna detectada por informes de inteligencia.
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Las autoridades justifican la medida señalando que la franja de 23:00 a 05:00 concentra homicidios múltiples, ataques armados y atentados con explosivos, principalmente en Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas. Estas cuatro provincias concentran cerca del 70 % de los hechos violentos del país y representan aproximadamente el 49,59 % de la delincuencia a nivel nacional.
- Durante los primeros meses de 2026, según cifras oficiales, se reportó un incremento del 25 % en homicidios nocturnos, con subidas más pronunciadas en Los Ríos (77 %), El Oro (75 %), Guayas (23 %) y Santo Domingo de los Tsáchilas (50 %) en comparación con el mismo periodo del año anterior.
El decreto también señala que la violencia está vinculada a disputas territoriales y rutas de narcotráfico, con presencia de grupos delictivos que poseen capacidad logística y armamentística, incluidos fusiles y granadas, lo que ha provocado ataques a servidores públicos y atentados con explosivos.
Provincias donde se aplicará la medida
El Decreto Ejecutivo 329 determina que la suspensión de la libertad de tránsito afectará exclusivamente a las siguientes provincias:
- Guayas
- Los Ríos
- El Oro
- Santo Domingo de los Tsáchilas
Estas provincias se suman a las regulaciones del estado de excepción, que se ha renovado varias veces desde diciembre de 2025 mediante los decretos ejecutivos 277, 311 y 331, con el fin de mantener condiciones de control y orden público en zonas específicas.
Sectores exentos del toque de queda
El decreto establece que ciertos sectores quedan expresamente exceptuados de la restricción de movilidad. Estos incluyen:
Servicios de salud
- Personal de salud público y privado que se encuentre en ejercicio de sus funciones.
Fuerza pública y seguridad complementaria
- Policía Nacional
- Fuerzas Armadas
- Entidades complementarias de seguridad
Servicios de gestión de riesgos y emergencias
- Bomberos
- Servicios de gestión de riesgos
- Personal encargado de la atención de emergencias
Otros sectores y situaciones específicas
- Medios de comunicación oficialmente acreditados
- Transporte público en funciones esenciales
- Personas que deban trasladarse a aeropuertos por vuelos nacionales o internacionales
- Cualquier otro caso autorizado por la autoridad competente por razones de seguridad, salud u otras causas justificadas
El decreto indica que las personas que se encuentren dentro de estos grupos deben acreditar documentalmente su condición ante la autoridad competente, incluyendo a la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y agentes de control de tránsito.
Disposiciones generales del Decreto 329
Además de la suspensión de la libertad de tránsito, el decreto dispone:
- La aplicación de los artículos 3 y 4 del Decreto Ejecutivo 277, referentes a la suspensión de los derechos de inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia y libertad de tránsito, con las precisiones y limitaciones indicadas en el presente decreto.
- La ejecución de estas medidas queda a cargo del Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Policía Nacional y Fuerzas Armadas, en coordinación con las entidades e instituciones competentes.
- En el contexto de la emergencia nacional por lluvias, la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos coordinará con el Ministerio del Interior los mecanismos necesarios para garantizar la movilidad de personal, vehículos y operaciones destinadas a la atención de emergencias.
Por qué estas provincias son críticas
Los informes citados en el decreto indican que la mayor concentración de delitos graves ocurre entre las 23:00 y 05:00, incluyendo homicidios, balaceras y atentados.
La violencia está vinculada a disputas de grupos criminales por territorios y rutas de narcotráfico.
Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas representan los puntos más críticos de violencia del país, por lo que la restricción de movilidad busca proteger a la ciudadanía y fortalecer los operativos policiales y militares.
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