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Lasso deroga el decreto con el que Correa entregó edificio donde funciona el Cpccs

El documento fue expedido el 5 de junio pasado, según el repositorio de decretos presidenciales

El 5 de junio pasado, el presidente de la República, Guillermo Lasso, firmó el decreto 759 con el que derogó dos decretos que datan del 2010 y 2012.

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"Deróguese los Decretos Ejecutivos Nro. 494, de 5 de octubre de 2010; y, Nro. 1249, de 19 de julio de 2012, en los que se dispuso la transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Banco Central del Ecuador, en atención a lo dispuesto en la prohibición expresa establecida en el numeral 2 del artículo 56.1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, reformado", se lee en el único artículo del documento.

En el artículo 1 del decreto 494, de 2010, se dispuso el traspaso del bien, identificado con el número 15 de los bienes del Banco Central del Ecuador (BCE). 

"Se requiere del Banco Central del Ecuador el bien inmueble signado con el número quince (15) en la escritura de unificación de lotes otorgada ante el Notario Trigésimo Cuarto del cantón Quito, el veintiséis de mayo del dos mil nueve, denominado 'Edificio Centenario'", se estableció en el documento.

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En el decreto se detalló que el bien está compuesto por una edificación y  un terreno de quinientos trece metros cuadrados, ubicado en la calle Santa Prisca y calle Vargas, de la parroquia Santa Prisca, del cantón Quito. 

"Se dispone traspasar el dominio y propiedad de dicho inmueble, a titulo gratuito y como cuerpo cierto a favor del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs)", se agregó en el escrito firmado por el entonces presidente Rafael Correa.

En el documento que expidió Guillermo Lasso hace dos días (lunes, 5 de junio) se enfatiza que la ejecución del decreto ejecutivo se encargará el Banco Central del Ecuador y la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público (Setegisp).

El segundo decreto que derogó Lasso, suscrito en 2012 también por Correa, está relacionado con dos bienes ubicados en Machala, El Oro, que en ese entonces se cedieron a Inmobiliar.

En los considerandos se justifica la decisión de revertir la decisión de ceder esos bienes: se cita un oficio del 9 de septiembre de 2021, suscrito por el entonces procurador del Estado, Íñigo Salvador, quien refirió dos prohibiciones

Estas constan en los articulos 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y 89 de su Reglamento General -que impide a las entidades del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, y en el numeral 2 del articulo 56.1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, que no prevé excepciones y le impide al Banco Central realizar la transferencia a título gratuito de sus bienes inmuebles.