
En julio se veran resultados del Cogep y audiencias orales
El Consejo de la Judicatura dice tener la mejor perspectiva del sistema procesal oral plasmado en el nuevo Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que entró en vigencia el pasado 23 de mayo.
El Consejo de la Judicatura dice tener la mejor perspectiva del sistema procesal oral plasmado en el nuevo Código Orgánico General de Procesos (Cogep), que entró en vigencia el pasado 23 de mayo.
Sin embargo, los resultados que se esperan podrían darse a partir del mes de julio en que se realizarían las primeras audiencias orales, en las materias no penales.
Así lo prevé Gustavo Jalkh, presidente de la Judicatura, al señalar que los demandados tienen un mes para contestar las primeras demandas que se han presentado con el nuevo sistema, las que deberán ahora acompañar con las pruebas pertinentes.
“Tenemos reportes que se están presentando con normalidad las demandas, calificando y luego de eso se procederá con las citaciones”, dice Jalkh.
Hasta el viernes, no se conocían de datos globales sobre cuántas demandas se han presentado a escala nacional, tras la vigencia del Cogep.
Según el presidente de la Judicatura, del reporte que tienen por ciudad, en Guayaquil se han presentado un promedio de veinte demandas diarias.
En las primeras horas del 23 de mayo, se registraron 35.
Durante un conversatorio con representantes de medios de comunicación del Puerto Principal, Jalkh recordó con cifras la implementación que se hizo para poner en marcha el Cogep.
Entre ellos, la formación de 1.225 jueces para que tramiten exclusivamente las demandas del nuevo sistema en todas las materias no penales. “Un juez que no está capacitado no podrá decidir ni audiencia ni tampoco por escrito...”.
Y la capacitación o conocimiento del juzgador quedará desvelado ante las partes, una vez que resuelva oralmente esa demanda.
El expresidente de la Corte del Guayas, Julio Aguayo, hace hincapié -según lo dicta el Cogep- en que el juez está obligado a dar una decisión en la diligencia.
“Tiene la razón la actora, tiene la razón la parte demandada”, explica. Las motivaciones de la resolución se plasmarán en la sentencia por escrito.
En otro tema, Jalkh aclaró que la resolución que deroga el cobro de tasas por servicios administrativos sí está motivada y que además nunca entró en vigencia.
La semana anterior, el Colegio de Abogados del Guayas hizo una observación respecto a que esa resolución no señala las motivaciones que llevaron a derogar el cobro de las tasas, por lo que carecería de legalidad. PVC