
Ley de Solidaridad prohíbe a las SAS operar en sectores estratégicos y financieros
La Asamblea impuso restricción en la operación de este tipo de empresas
El 7 de junio pasado, la Asamblea Nacional aprobó con 84 votos la Ley de Solidaridad Nacional, una normativa que introduce cambios significativos para las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Entre las disposiciones más relevantes está la prohibición para que estas empresas operen en cinco áreas específicas de la economía nacional.
La medida busca fortalecer la supervisión estatal en sectores sensibles, donde hasta ahora las SAS podían incursionar aprovechando su modelo simplificado de constitución. Desde 2020, este tipo societario permitía crear empresas en línea en menos de tres días, sin mayores requisitos burocráticos.
Sectores vetados para las SAS
La nueva ley establece restricciones claras para las SAS en las siguientes áreas:
● Operaciones financieras: Cooperativas de ahorro y crédito, bancos comunales, casas de cambio, empresas de transferencias de dinero como Western Union
● Mercado de valores: Casas de valores, administradoras de fondos de inversión y fideicomisos, como las que operan con la Bolsa de Valores de Quito
● Seguros: Aseguradoras, corredoras de seguros y reaseguradoras que manejan pólizas de vida, vehículos o salud
● Sectores estratégicos: Empresas de energía eléctrica, telecomunicaciones como CNT, petroleras y distribuidoras de combustibles como Primax
● Minería: Empresas dedicadas a la extracción de oro, cobre, plata u otros minerales, tanto a gran escala como artesanal
La norma también crea las sociedades anónimas deportivas, un nuevo modelo empresarial dirigido a clubes y organizaciones deportivas profesionales. Esta figura permitirá que equipos como Barcelona SC adopten estructuras con fines de lucro, manteniendo su condición dentro del sistema deportivo nacional.
Esta nueva modalidad podrá constituirse mediante contrato o acto unilateral, desarrollando actividades en una sola disciplina deportiva. Los clubes profesionales ecuatorianos, actualmente organizados como entidades sin fines de lucro, tendrán la opción de migrar a este modelo para mejorar su gestión financiera.
La ley establece salvaguardas específicas, prohibiendo que estas sociedades faciliten sus estructuras para actividades de economía criminal, lavado de activos o financiamiento de delitos. Con esta medida, el Estado busca profesionalizar el deporte mientras mantiene controles contra posibles infiltraciones criminales.
SAS: Cambios obligatorios y plazos
La ley establece las prohibiciones para las SAS, pero no especifica los mecanismos exactos que se aplicarán a las empresas que ya operan en los sectores restringidos. Los detalles sobre plazos, procedimientos y alternativas para estas compañías deberán definirse en el reglamento que elabore el Ejecutivo una vez publicada la normativa.
Esta indefinición genera incertidumbre en el sector empresarial, especialmente entre emprendedores que utilizaron las SAS para ingresar a áreas ahora prohibidas. La reforma marca un cambio de paradigma: el Estado delimita claramente qué sectores requieren figuras societarias con mayor supervisión y control.
La ley fue remitida al Registro Oficial el 10 de junio y entrará en vigencia una vez publicada, lo que se espera ocurra en los próximos días. Las empresas afectadas tendrán que iniciar inmediatamente los procesos de adecuación legal para continuar operando dentro del nuevo marco normativo
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