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Las rebajas de pena vuelven al centro del debate: ¿qué está en juego?

El debate revive con la Ley Antimafias. La eliminación o revisión de las rebajas de penas por delatar no consta en el proyecto. Beneficios generan dudas

La aplicación de la cooperación eficaz, administrada por la Fiscalía y controlada por los jueces, volvió al centro del debate durante el tratamiento de la Ley Antimafias.

La aplicación de la cooperación eficaz, administrada por la Fiscalía y controlada por los jueces, volvió al centro del debate durante el tratamiento de la Ley Antimafias.Archivo/EXPRESO

Flor Layedra
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Lo que debes saber

  • La Ley Antimafias no elimina la cooperación eficaz, pero el debate para reformarla ya comenzó.
  • Penalistas discrepan sobre las rebajas de pena: unos las defienden y otros piden endurecer sus reglas.
  • Los expertos coinciden en que la figura requiere mayores controles para evitar abusos e impunidad.

La reducción de penas por cooperación eficaz volvió al centro del debate político, aunque el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varios Cuerpos Legales para el Fortalecimiento de las Capacidades Institucionales del Estado frente al crimen organizado, Ley Antimafias no plantea modificar ese beneficio previsto en el Código Orgánico Integral Penal (COIP). La discusión resurgió tras los cuestionamientos a los efectos que ha tenido esa figura en casos emblemáticos de corrupción y crimen organizado.

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Un debate que no está en la ley

Uno de quienes impulsa el debate es el asambleísta oficialista Andrés Castillo (ADN), quien sostiene que personas condenadas por un mismo delito no deberían recibir sanciones distintas por colaborar con la justicia. A su criterio, el principio debe ser “a igual delito, igual sanción”, por lo que anticipó que buscará promover cambios para eliminar las reducciones de pena derivadas de la cooperación eficaz.

Las declaraciones reavivaron una discusión que divide a especialistas del sistema penal. Mientras unos consideran que el beneficio es una herramienta indispensable para desarticular organizaciones criminales, otros sostienen que ha terminado generando rebajas desproporcionadas para responsables de delitos graves.

¿Debe mantenerse la cooperación eficaz como incentivo para obtener información clave o es momento de revisar el alcance de las reducciones de pena? EXPRESO consultó a expertos en derecho penal para analizar los argumentos a favor y en contra de una figura que vuelve a estar bajo la lupa.

Si eliminan el incentivo de la reducción de pena, ¿qué motivación tendrá un integrante de un grupo criminal para colaborar con la justicia?Pablo Encalada, exfiscal de Pichincha

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¿Eliminar o mantener el beneficio?

Para el penalista y exfiscal de Pichincha, Pablo Encalada, eliminar o restringir de forma drástica la reducción de penas sería un error porque la cooperación eficaz es una de las pocas herramientas que permite a la Fiscalía avanzar con rapidez en investigaciones complejas. A su juicio, sin un incentivo real, quienes integran organizaciones criminales difícilmente entregarían información que permita identificar a los líderes.

En esa misma línea, sostiene que la develación de los casos de corrupción y delincuencia organizada más relevantes del país han contado con cooperadores eficaces. Por ello, considera que sacrificar ese mecanismo en busca de sanciones idénticas para todos, implicaría renunciar, en muchos casos, a conocer la verdad de los hechos.

Sin embargo, Encalada reconoce que la aplicación de esta figura ha generado cuestionamientos. En su criterio, el problema no radica en la ley, sino en la forma en que la Fiscalía ha negociado los beneficios y en la obligación de los jueces de verificar que la información entregada haya sido realmente corroborada antes de conceder una reducción de pena.

Por su parte, Daniel Kuri, abogado penalista y docente de la Universidad del Río, reconoce que la cooperación eficaz cumple una función importante dentro del proceso penal, pero advierte que la legislación actual permite reducciones de pena que pueden resultar desproporcionadas. En su criterio, la acumulación de beneficios con otras figuras procesales ha contribuido a generar esa percepción de impunidad.

La reducción de pena debe ejecutarse solo cuando la colaboración permita condenar a los cabecillas y recuperar bienes ilícitos; su aplicación no debe ser laxa ni complaciente.Andrés Cevallos, abogado penalista

Como ejemplo menciona los casos en los que un procesado accede simultáneamente a la cooperación eficaz y al procedimiento abreviado, lo que reduce significativamente la condena prevista para delitos graves. Esa situación, sostiene, envía un mensaje equivocado a la ciudadanía sobre las consecuencias de cometer un delito.

Una visión similar tiene el abogado penalista Andrés Cevallos, quien sostiene que la cooperación eficaz se ha desnaturalizado y ha pasado de ser una herramienta excepcional a un mecanismo que compensa las deficiencias investigativas de la Fiscalía. Desde su perspectiva, las reducciones excesivas terminan afectando la proporcionalidad entre el delito cometido y la sanción impuesta.

Además, advierte que beneficios demasiado amplios pueden incentivar declaraciones interesadas o incluso falsas para obtener una rebaja de pena. Aun así, considera que eliminar la cooperación eficaz tampoco sería conveniente, porque dificultaría romper el hermetismo de las organizaciones criminales y rastrear el origen de los bienes obtenidos ilícitamente.

En contraste, el abogado y director de Plataforma de DDHH, Javier Rojas, considera que la cooperación eficaz no ha cumplido el objetivo para el que fue incorporada al ordenamiento jurídico ecuatoriano. Según manifiesta, la figura legal no ha servido para desarticular organizaciones criminales, sino que ha sido utilizada principalmente en procesos con connotación política.

Desde esa óptica, sostiene también que la Fiscalía dispone de suficientes herramientas legales para investigar sin depender exclusivamente de las declaraciones de un procesado. Por ello, cree que la prioridad debería ser fortalecer la capacidad investigativa del Estado antes que mantener incentivos que, a su juicio, no han demostrado resultados efectivos.

La cooperación eficaz, hasta ahora, no ha servido para desarticular a las mafias, no se la utiliza para ese fin; el país necesita una política criminal con rumbo.Javier Rojas, abogado

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Más controles, no más beneficios

Frente a estos escenarios, el jurista Kuri propone conservar la cooperación eficaz como incentivo para obtener información clave en investigaciones de delincuencia organizada. No obstante, plantea impedir que sus beneficios puedan acumularse con otros mecanismos de reducción de penas, con el fin de preservar la proporcionalidad de las sanciones.

Por otra parte, Rojas sostiene que el debate no debería centrarse en eliminar la reducción de penas por cooperación eficaz durante el tratamiento de la Ley Antimafias en la comisión legislativa, sino en construir una política criminal integral que fortalezca la capacidad investigativa de la Fiscalía y evite que sea utilizada con fines de persecución política.

La figura de la cooperación eficaz debe conservarse y ser un incentivo para colaborar con la justicia, no un premio para quien también cometió un delito.
Daniel Kuri, abogado penalista

Encalada afirma que el problema no está en la norma, sino en su aplicación. Por ello, considera que la Fiscalía debe negociar con mayor prudencia los beneficios y que los jueces solo los concedan cuando la información del colaborador haya sido plenamente corroborada.

Asimismo, Cevallos plantea mantener la figura, pero con controles más estrictos. Entre sus propuestas consta que la reducción de pena solo se haga efectiva cuando la información proporcionada por el procesado conduzca a sentencias firmes contra los cabecillas y permita afectar el patrimonio de las estructuras criminales.

Proyecto.

La entonces primera vicepresidenta de la Asamblea, Mishel Mancheno, presentó la iniciativa, cuyo trámite se ejecuta en la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral.
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