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Diario Expreso Ecuador

proceso electoral

CNE niega la entrega de formularios para la revocatoria del mandato de Daniel Noboa

Un informe determinó que los peticionarios no cumplieron con los requisito que exige la Ley de Participación Ciudadana. El voto en el Pleno del CNE fue unánime

El Pleno del CNE tomó la decisión con el voto unánime de los cinco vocales.

El Pleno del CNE tomó la decisión con el voto unánime de los cinco vocales.Foto: Angelo Chamba/ Expreso

Daniel Alejandro Romero Páez

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El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) decidió, por unanimidad, negar la solicitud de entrega del formato para los formularios de recolección de firmas con los que se buscaba impulsar la revocatoria del mandato del presidente de la República, Daniel Noboa.

La mañana de este 15 de julio de 2026, el organismo electoral se reunió para conocer el informe de la Dirección Jurídica, que sirvió de base para la resolución. 

El documento estableció que los peticionarios no cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.

La iniciativa era impulsada por el activista político Washington Andrade y el presidente de la Ecuarunari (filial de la CONAIE en la Sierra), Leonidas Iza.

El informe señaló: “No se ha demostrado el incumplimiento del plan de trabajo ni de las funciones y obligaciones establecidas en la Constitución”. En ese sentido, el mismo documento concluyó que no se demostraron de manera clara y precisa las razones en las que se sustentaba la solicitud de revocatoria.

¿Qué dijeron los consejeros del CNE?

A la sesión, convocada de forma virtual para este 15 de julio, asistieron los cinco vocales principales. Todos votaron a favor de la recomendación del informe de negar y archivar el pedido.

Enrique Herrería presentó ante el CNE un alegato para pedir el archivo de una nueva solicitud de revocatoria presidencial.

Enrique Herrería presentó ante el CNE un alegato para pedir el archivo de una nueva solicitud de revocatoria presidencial.Cortesía

La consejera Elena Nájera señaló que el derecho a revocar el mandato de una autoridad es un instrumento legítimo y amparado por la ley. Sin embargo, indicó que la interrupción del período de una autoridad electa requiere el cumplimiento de las exigencias constitucionales. “Es indispensable probar fuera de toda duda que las causales se han cumplido”, añadió. Para la vocal del CNE, aquello no ocurrió.

Por su parte, el presidente del organismo, José Cabrera, reiteró que los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana no se cumplieron. “No se ha demostrado el incumplimiento del plan de trabajo ni las funciones establecidas en la Constitución”, aseguró.

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