Seguimiento judicial
Caso Progen: defensa de Antonio Gonçalves pide aclarar decreto presidencial clave usado por Fiscalía
Sostiene que el documento únicamente le encargaba coordinar acciones frente al estiaje y no le otorgaba facultades para administrar Celec EP

Antonio Gonçálvez, entonces ministro de Energía, en una rueda de prensa.
Los puntos claves
- La defensa pidió que la Presidencia precise oficialmente qué atribuciones otorgaba el Decreto Ejecutivo 355 al entonces ministro de Energía.
- Según el abogado Leonardo Stagg, el decreto no facultaba a Antonio Gonçalves para intervenir en contratos, pagos, garantías o recursos de Celec EP.
- El pedido busca rebatir uno de los argumentos centrales de la Fiscalía en el proceso por presunto peculado dentro del caso Progen.
Leonardo Stagg, abogado del exministro de Energía Antonio Gonçalves, informó este martes 28 de julio que presentó ante la Fiscalía General del Estado una solicitud para que la Secretaría General Jurídica de la Presidencia de la República aclare oficialmente el alcance del Decreto Ejecutivo 355, emitido el 14 de agosto de 2024.
Según el defensor, ese decreto ha sido utilizado por la Fiscalía como uno de los fundamentos para sostener que Gonçalves tenía la obligación de impedir las presuntas irregularidades relacionadas con los contratos suscritos entre Progen y la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP).
El Decreto Ejecutivo 355
De acuerdo con el comunicado difundido por Stagg, la petición busca que la Presidencia responda si el Decreto Ejecutivo 355 otorgaba al entonces ministro de Energía facultades para administrar Celec EP, intervenir en sus contratos, ordenar o impedir pagos, ejecutar garantías o decidir sobre los recursos de la empresa pública.
La defensa sostiene que la respuesta es negativa y afirma que el decreto únicamente le encomendaba coordinar acciones para enfrentar los efectos del estiaje.
Los alcances de la responsabilidad
En esa línea, argumenta que esa función de coordinación no implicaba la administración de Celec EP ni la capacidad legal para intervenir en la ejecución de contratos o en decisiones financieras de la empresa estatal.
Stagg concluye que una persona no puede ser responsabilizada por no impedir hechos respecto de los cuales “nunca tuvo autoridad ni capacidad legal de actuar”.
El nuevo pronunciamiento se produce días después de que el abogado cuestionara públicamente la formulación de cargos contra Gonçalves.