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A exigir servicios eficientes

Avatar del Rosa Torres Gorostiza

Las empresas, así como cobran una tarifa, deben entregar el servicio tal cual fue ofrecido. No hacerlo, los obliga a reparar los daños y perjuicios causados’.

Los ecuatorianos estamos permitiendo que las empresas de prestación de servicios, tanto públicas como privadas, no respondan por la mala calidad que brindanni por las múltiples afectaciones que causan.

A las telefónicas parece no importarles si el abonado recibió o no el servicio por días, porqueigual reciben el pagode la totalidad de la factura como si nada hubiese pasado y no tuviesen la obligación de hacer las reparaciones económicas a las que haya lugar. Cuando no se cancela el monto por la espera de una respuesta, su única y pronta acción es el corte de inmediato.

Cuando la empresa engancha a un cliente, el trámite es rapidísimo, pero cuando este quiere retirarse por el maltrato recibido, primero debe enfrentarse al engorroso trámite de escoger un turno, ingresar la solicitud y esperar a que esta sea aprobada. Y por último, aceptar el servicio hasta el día que indique la operadora aunque no vaya a utilizarlo. Es mayor el gasto del retiro cuando aún no se ha cumplido un año con el proveedor, porque hay que adicionar el pago de la penalidad, y la entrega de los equipos porque tienen instaladores rapidísimos, pero no a quienes los retiren.

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones establece, en el numeral 10 del artículo 2, la obligación de las empresas a reparar e indemnizar a los clientes por deficiencias, daño o mala calidad de los servicios, y de las interrupciones que no sean por caso fortuito o fuerza mayor. Esa misma ley indica que en ningún caso podrá procederse a la desconexión, interrupción, suspensión, bloqueo, degradación de calidad, retiro de equipos o cierre de la interconexión o el acceso de forma unilateral o de mutuo acuerdo, incluso cuando existan controversias pendientes de resolución entre las partes involucradas, autoridades administrativas o judiciales, sin haber obtenido previamente autorización de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones.

Todas las empresas están obligadas a reparar los daños y perjuicios a terceros, tales como la devolución de valores indebidamente cobrados con sus respectivos intereses o la compensación a los abonados, clientes ousuarios por suspensión, interrupción o mala calidad del servicio. Los consumidores tenemos derechos: defendámoslos.