Cartas de lectores

La utopía de la simplificación administrativa

La administración pública tiene obligación de velar por la celeridad, eficiencia y eficacia de las actuaciones administrativas que puedan generar efectos en los particulares

La crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, más allá de la dolorosa etapa histórica que trajo consigo, reveló otra realidad: la falta de simplificación administrativa. La administración pública tiene obligación de velar por la celeridad, eficiencia y eficacia de las actuaciones administrativas que puedan generar efectos en los particulares. Resulta paradójico cómo el formalismo excesivo continúa siendo la regla y no la excepción cuando se requiere una tramitación expedita y libre de trabas. Los medios electrónicos han sido empleados de forma exitosa por algunas instituciones públicas, pero una notable mayoría prefiere aún el monótono y engorroso papeleo interminable de documentación, dejando en letra muerta los principios del Código Orgánico Administrativo y la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, cuya falta de aplicación se ha convertido en el denominador común en entes públicos. Las instituciones adscritas a la función Ejecutiva y demás funciones del Estado, y las pertenecientes al régimen autónomo descentralizado deberían buscar alternativas que respondan a la realidad actual; la concurrencia presencial en procesos que fácilmente podrían atenderse por vías alternativas representa un riesgo para la población y grupos de atención prioritaria. La persecución del interés general es uno de los aspectos medulares en la delimitación de las actuaciones de la administración pública; es una obligación legal que se mantiene sin respuesta. 

José Daniel Alfonzo León